Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Membrío. (BOP-2024-6822)
BOP-2024-6822 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Vertido y Desagüe de Canalones y otras Instalaciones Análogas en Terrenos de Uso Público Local.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Membrío
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por
Vertido y Desagüe de Canalones y otras Instalaciones Análogas en Terrenos de
Uso Público Local.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de Modificación de la
Ordenanza Fiscal Reguladora de Tasa por vertido y desagüe de canalones y otras
instalaciones análogas en terrenos de uso público local, cuyo texto íntegro se hace público,
para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del TRLRHL, aprobado por el
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ORDENANZA FISCAL, REGULADORA DE LA TASA POR VERTIDO Y DESAGÜE DE
CANALONES Y OTRAS INSTALACIONES ANÁLOGAS EN TERRENOS DE USO PÚBLICO
LOCAL.
ARTÍCULO 1. DISPOSICIONES LEGALES.
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la constitución y por el
artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de
conformidad con lo previsto en el artículo 20 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 marzo,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este
Ayuntamiento establece la “TASA POR UTILIZACIONES PRIVATIVAS O
APROVECHAMIENTOS ESPECIALES QUE SE DERIVEN DEL DESAGÜE DE CANALONES
Y OTRAS INSTALACIONES ANÁLOGAS EN TERRENOS DE USO PÚBLICO” que se regirá
por la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 2. SUJETO PASIVO.
Se hallan obligadas al pago del tasa por desagüe de canalones y otras instalaciones análogas
en terrenos de uso público, las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el
artículo 33 de la Ley General Tributaria, a cuyo favor se otorguen la licencia, o quienes se
beneficien del aprovechamiento, si se actuó sin la preceptiva autorización.
CVE:
BOP-2024-6822
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 30 de diciembre de 2024
N.º 0250
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