Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navas del Madroño. (BOP-2024-6773)
BOP-2024-6773 Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal Fiscal Reguladora de la tasa por la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio.
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f) Ayuda para la movilidad dentro del hogar.
g) Adiestramiento en la realización de actividades de la vida cotidiana en el entorno
doméstico que potencien la autonomía de la persona usuaria.
h) Acompañamiento dentro del hogar.
i) Acompañamiento fuera del hogar cuando resulte imprescindible para posibilitar la
participación de la persona usuaria en actividades de carácter educativo, terapéutico o
social, así como el acompañamiento puntual en la realización de diversas gestiones:
visitas médicas, tramitación de documentos y otras de carácter similar.
j) Actividades de ocio dentro del domicilio.
k) Ayuda a la adquisición y desarrollo de habilidades, capacidades y hábitos personales
y de convivencia.
Se excluyen del servicio de ayuda a domicilio las siguientes actuaciones:
La atención a otros/as miembros de la unidad de convivencia que no hayan sido
contemplados en la valoración, propuesta técnica y concesión del servicio.
Las actuaciones de carácter sanitario y otras que requieran una cualificación profesional
adecuada.
ARTÍCULO 4. RÉGIMEN JURÍDICO.
Los requisitos, condiciones y el procedimiento a seguir para el acceso a los servicios de Ayuda
a Domicilio se regirán por lo dispuesto en la presente Ordenanza. En lo no previsto en la
presente Ordenanza respecto de la regulación de los procedimientos administrativos, será de
aplicación lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
ARTÍCULO 5. CARÁCTER DE LOS SERVICIOS.
1. El reconocimiento al acceso a los servicios estará limitado, en todo caso, por los recursos de
los que disponga en Ayuntamiento en cada momento.
2. Los servicios asignados serán objeto de revisión periódica por el órgano competente sin
perjuicio de la tarea de seguimiento permanente que ha de realizar el personal técnico de los
Servicios Sociales de Atención Social Básica.
CVE:
BOP-2024-6773
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 27 de diciembre de 2024
N.º 0249
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