Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navas del Madroño. (BOP-2024-6773)
BOP-2024-6773 Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal Fiscal Reguladora de la tasa por la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Navas del Madroño
EDICTO. Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal Fiscal Reguladora de la
tasa por la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio.
ARTÍCULO 1. OBJETO.
La presente Ordenanza tiene por objeto:
a) Determinar los requisitos y condiciones para el acceso a los servicios de Ayuda a
Domicilio en la localidad de NAVAS DEL MADROÑO.
b) Establecer el procedimiento aplicable para la tramitación y adjudicación de los citados
servicios así como determinar su intensidad y el régimen de incompatibilidades.
d) Regular la Tasa por la prestación del servicio de ayuda a domicilio (S.A.D.), que se
regirá por la presente Ordenanza Fiscal.
ARTÍCULO 2. PERSONAS BENEFICIARIAS.
1. Podrán acceder a los servicios que se regulan en la presente Ordenanza:
a) Las personas que no siendo beneficiarias de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de
Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de
dependencia, se encuentran en una situación de necesidad o vulnerabilidad social y/o
de deterioro físico o psíquico derivado de la edad, enfermedad u otras causas.
b) Aquellas personas que tengan reconocida una situación de dependencia al amparo
de la Ley 39/2006,de 14 de diciembre, hasta tanto les corresponda la efectividad del
derecho a las prestaciones o servicios, determinados en el Programa Individual de
Atención (en adelante PIA).
2. Las personas beneficiarias deberán reunir, además, los requisitos generales y específicos,
que se establece en los artículos 6 y 7 de la presente norma.
CVE:
BOP-2024-6773
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 27 de diciembre de 2024
N.º 0249
Pág. 28770
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Navas del Madroño
EDICTO. Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal Fiscal Reguladora de la
tasa por la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio.
ARTÍCULO 1. OBJETO.
La presente Ordenanza tiene por objeto:
a) Determinar los requisitos y condiciones para el acceso a los servicios de Ayuda a
Domicilio en la localidad de NAVAS DEL MADROÑO.
b) Establecer el procedimiento aplicable para la tramitación y adjudicación de los citados
servicios así como determinar su intensidad y el régimen de incompatibilidades.
d) Regular la Tasa por la prestación del servicio de ayuda a domicilio (S.A.D.), que se
regirá por la presente Ordenanza Fiscal.
ARTÍCULO 2. PERSONAS BENEFICIARIAS.
1. Podrán acceder a los servicios que se regulan en la presente Ordenanza:
a) Las personas que no siendo beneficiarias de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de
Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de
dependencia, se encuentran en una situación de necesidad o vulnerabilidad social y/o
de deterioro físico o psíquico derivado de la edad, enfermedad u otras causas.
b) Aquellas personas que tengan reconocida una situación de dependencia al amparo
de la Ley 39/2006,de 14 de diciembre, hasta tanto les corresponda la efectividad del
derecho a las prestaciones o servicios, determinados en el Programa Individual de
Atención (en adelante PIA).
2. Las personas beneficiarias deberán reunir, además, los requisitos generales y específicos,
que se establece en los artículos 6 y 7 de la presente norma.
CVE:
BOP-2024-6773
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 27 de diciembre de 2024
N.º 0249
Pág. 28770