Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-6756)
BOP-2024-6756 Convocatoria Pruebas selectivas bolsa de trabajo temporal de Agente de Empleo y Desarrollo Local.
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BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS
MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO DE MÉRITOS POR EL TURNO LIBRE PARA
LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO TEMPORAL DE AGENTE DE
EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL, PERSONAL LABORAL , DE LA ENTIDAD LOCAL
MENOR DE VALDESALOR.
PRIMERA. OBJETO.
Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una Bolsa de Trabajo Temporal
para la cobertura de las necesidades de contrataciones temporales de interinidad por el
procedimiento de concurso de méritos de puestos de Agente de Empleo y Desarrollo Local,
con derecho al percibo de las retribuciones básicas correspondientes al Subgrupo A2
según artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y
complementarias previstas en el catálogo y en la Relación de Puestos de Trabajo.
Las presentes bases tendrán en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y
hombres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la
Constitución Española, la Directiva 2006/54/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5
de julio, de 2006, artículos 21 y 23 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, de 7
de diciembre de 2000, vinculante desde la entrada en vigor de Tratado de Lisboa de 17 de
diciembre de 2007, en vigor desde el 1 de diciembre de 2009, el Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad
efectiva de mujeres y hombres.
Asimismo se pone de manifiesto el compromiso adoptado por la Entidad Local Menor de
Valdesalor en relación con la promoción activa de la igualdad de oportunidades entre
mujeres y hombres, así como de prevención y actuación ante la violencia de género.
Por último y en relación a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo de
Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura: “Los
poderes públicos de Extremadura incorporarán la evaluación del impacto de género en el
desarrollo de sus competencias, para garantizar la integración del principio de igualdad entre
hombres y mujeres”.
CVE:
BOP-2024-6756
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 27 de diciembre de 2024
N.º 0249
Pág. 28727
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BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS
MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO DE MÉRITOS POR EL TURNO LIBRE PARA
LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO TEMPORAL DE AGENTE DE
EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL, PERSONAL LABORAL , DE LA ENTIDAD LOCAL
MENOR DE VALDESALOR.
PRIMERA. OBJETO.
Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una Bolsa de Trabajo Temporal
para la cobertura de las necesidades de contrataciones temporales de interinidad por el
procedimiento de concurso de méritos de puestos de Agente de Empleo y Desarrollo Local,
con derecho al percibo de las retribuciones básicas correspondientes al Subgrupo A2
según artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y
complementarias previstas en el catálogo y en la Relación de Puestos de Trabajo.
Las presentes bases tendrán en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y
hombres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la
Constitución Española, la Directiva 2006/54/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5
de julio, de 2006, artículos 21 y 23 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, de 7
de diciembre de 2000, vinculante desde la entrada en vigor de Tratado de Lisboa de 17 de
diciembre de 2007, en vigor desde el 1 de diciembre de 2009, el Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad
efectiva de mujeres y hombres.
Asimismo se pone de manifiesto el compromiso adoptado por la Entidad Local Menor de
Valdesalor en relación con la promoción activa de la igualdad de oportunidades entre
mujeres y hombres, así como de prevención y actuación ante la violencia de género.
Por último y en relación a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo de
Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura: “Los
poderes públicos de Extremadura incorporarán la evaluación del impacto de género en el
desarrollo de sus competencias, para garantizar la integración del principio de igualdad entre
hombres y mujeres”.
CVE:
BOP-2024-6756
Verificable
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Viernes, 27 de diciembre de 2024
N.º 0249
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