Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-6746)
BOP-2024-6746 Bases de la convocatoria de 1 plaza de Ingeniero/a Industrial. Turno libre.
32 páginas totales
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AREA DE PERSONAL, PREVENCION RRLL Y SEPEI
CONVOCATORIA PARA LA PROVISION DE UNA PLAZA DE INGENIERO INDUSTRIAL MEDIANTE
CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE
BASES
PRIMERA. Objeto de la convocatoria.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el sistema de concurso oposición, de
una plaza de Ingeniero Industrial, de la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica,
Clase Técnico Superior, Grupo A, Subgrupo A1, de la Plantilla de personal funcionario de la
Diputación Provincial de Cáceres, código de plaza 4859, dentro del marco general de ejecución de la
Oferta de Empleo Público de 2021 de conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y Ley
13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de Extremadura, dictada en su desarrollo, previa
negociación y acuerdo en la Mesa de Negociación de empleados Públicos, así como lo dispuesto en
las Bases Generales que regulan los aspectos comunes a los procesos de selección en la Diputación
Provincial de Cáceres y sus Organismos Autónomos aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno
con 4 de diciembre de 2023 (Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres n.º. 234, de fecha 12 de
diciembre de 2023).
1.2. En este proceso se tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres,
por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la
Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Directiva
2006/54/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio, de 2006, artículos 21 y 23 de la Carta
de Derechos Fundamentales de la UE, de 7 de diciembre, de 2000, vinculante desde la entrada en
vigor de Tratado de Lisboa de 17 de diciembre de 2007, en vigor desde el 1 de diciembre de 2009, el
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de
Extremadura y lo previsto en el Acuerdo-Convenio por el que se aprueba el III Plan de Igualdad entre
mujeres y hombres.
SEGUNDA. Requisitos de los/as aspirantes.
2.1. Requisitos generales:
a) Tener nacionalidad española, o la de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea, o
nacionalidad de algún Estado en el que en virtud de los Tratados internacionales celebrados por la
Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/las españoles/as y
de los/as nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados/as de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados/as
de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes. En este supuesto, los
aspirantes deberán acompañar a su solicitud, el documento que acredite las condiciones que se alegan.
CVE:
BOP-2024-6746
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 27 de diciembre de 2024
N.º 0249
Pág. 28594
CONVOCATORIA PARA LA PROVISION DE UNA PLAZA DE INGENIERO INDUSTRIAL MEDIANTE
CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE
BASES
PRIMERA. Objeto de la convocatoria.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el sistema de concurso oposición, de
una plaza de Ingeniero Industrial, de la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica,
Clase Técnico Superior, Grupo A, Subgrupo A1, de la Plantilla de personal funcionario de la
Diputación Provincial de Cáceres, código de plaza 4859, dentro del marco general de ejecución de la
Oferta de Empleo Público de 2021 de conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y Ley
13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de Extremadura, dictada en su desarrollo, previa
negociación y acuerdo en la Mesa de Negociación de empleados Públicos, así como lo dispuesto en
las Bases Generales que regulan los aspectos comunes a los procesos de selección en la Diputación
Provincial de Cáceres y sus Organismos Autónomos aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno
con 4 de diciembre de 2023 (Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres n.º. 234, de fecha 12 de
diciembre de 2023).
1.2. En este proceso se tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres,
por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la
Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Directiva
2006/54/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio, de 2006, artículos 21 y 23 de la Carta
de Derechos Fundamentales de la UE, de 7 de diciembre, de 2000, vinculante desde la entrada en
vigor de Tratado de Lisboa de 17 de diciembre de 2007, en vigor desde el 1 de diciembre de 2009, el
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de
Extremadura y lo previsto en el Acuerdo-Convenio por el que se aprueba el III Plan de Igualdad entre
mujeres y hombres.
SEGUNDA. Requisitos de los/as aspirantes.
2.1. Requisitos generales:
a) Tener nacionalidad española, o la de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea, o
nacionalidad de algún Estado en el que en virtud de los Tratados internacionales celebrados por la
Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/las españoles/as y
de los/as nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados/as de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados/as
de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes. En este supuesto, los
aspirantes deberán acompañar a su solicitud, el documento que acredite las condiciones que se alegan.
CVE:
BOP-2024-6746
Verificable
en:
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Viernes, 27 de diciembre de 2024
N.º 0249
Pág. 28594