Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2024-6694)
BOP-2024-6694 Aprobación definitiva del "Reglamento de la Unidad Aérea de Seguridad y Apoyo PAS."
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Nº. REGISTRO: __ /2024
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PLAZA CONSTITUCIÓN, 16. Tlfs.: 670753083-927270002 Fax:927271577E-mail: policialocal@arroyodelaluz.es
municipales y con otros medios aéreos de distintas entidades públicas en situaciones de
emergencia.
La utilización de esta tecnología, tipo dron, hace necesario disponer de un reglamento interno
que complemente la normativa general que regula la utilización de estos aparatos y que
permita conseguir los objetivos planteados, persiguiendo con ella un incremento de la
seguridad en su utilización. Por otra parte, el Real Decreto 517/2024, de 4 de junio, por el que
se desarrolla el régimen jurídico para la utilización civil de sistemas de aeronaves no
tripuladas (UAS), y se modifican diversas normas reglamentarias en materia de control a la
importación de determinados productos respecto a las normas aplicables en materia de
seguridad de los productos; demostraciones aéreas civiles; lucha contra incendios y búsqueda
y salvamento y requisitos en materia de aeronavegabilidad y licencias para otras actividades
aeronáuticas; matriculación de aeronaves civiles; compatibilidad electromagnética de los
equipos eléctricos y electrónicos; Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes
para los servicios y procedimientos de navegación aérea; y notificación de sucesos de la
aviación civil., establece como requisito la existencia de una norma reglamentaria propia que
regule la utilización civil de las aeronaves pilotadas por control remoto el ámbito de la función
policial y por los policías locales.
En virtud del principio de autonomía local y el ejercicio de las potestades reglamentarias y de
autoorganización reconocida en el artículo 4.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora
de las Bases de Régimen Local, el Ayuntamiento de Arroyo de la Luz establece:
CVE:
BOP-2024-6694
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 24 de diciembre de 2024
N.º 0247
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municipales y con otros medios aéreos de distintas entidades públicas en situaciones de
emergencia.
La utilización de esta tecnología, tipo dron, hace necesario disponer de un reglamento interno
que complemente la normativa general que regula la utilización de estos aparatos y que
permita conseguir los objetivos planteados, persiguiendo con ella un incremento de la
seguridad en su utilización. Por otra parte, el Real Decreto 517/2024, de 4 de junio, por el que
se desarrolla el régimen jurídico para la utilización civil de sistemas de aeronaves no
tripuladas (UAS), y se modifican diversas normas reglamentarias en materia de control a la
importación de determinados productos respecto a las normas aplicables en materia de
seguridad de los productos; demostraciones aéreas civiles; lucha contra incendios y búsqueda
y salvamento y requisitos en materia de aeronavegabilidad y licencias para otras actividades
aeronáuticas; matriculación de aeronaves civiles; compatibilidad electromagnética de los
equipos eléctricos y electrónicos; Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes
para los servicios y procedimientos de navegación aérea; y notificación de sucesos de la
aviación civil., establece como requisito la existencia de una norma reglamentaria propia que
regule la utilización civil de las aeronaves pilotadas por control remoto el ámbito de la función
policial y por los policías locales.
En virtud del principio de autonomía local y el ejercicio de las potestades reglamentarias y de
autoorganización reconocida en el artículo 4.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora
de las Bases de Régimen Local, el Ayuntamiento de Arroyo de la Luz establece:
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