Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2024-6670)
BOP-2024-6670 Bases convocatoria para cobertura en propiedad de 1 plaza de Encargado/a de limpieza. Concurso-oposición libre.
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EMPLEO
En la resolución se hará constar que los/as aspirantes cuentan con un plazo de 10 días hábiles
para subsanación de defectos y posibles reclamaciones, a partir del día siguiente a su publicación.
Asimismo, aquellos/as aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos
personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
Aquellas personas que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó la
exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidas en la relación
provisional de admitidos/as, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas. En
caso de reclamaciones, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista
definitiva, que será hecha pública en la forma indicada.
Finalizado el plazo de subsanación de errores y reclamaciones se publicará en el Boletín
Oficial de la Provincia de Cáceres, en tablón de anuncios de la sede electrónica, en la página web y
en Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Moraleja, resolución elevando a definitiva la lista
provisional de aspirantes, incluyendo en su caso a los excluidos/as que hayan subsanado errores u
omisiones. En dicha resolución se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del primer
ejercicio de la fase de oposición y en su caso el orden de actuación de las personas aspirantes, así
como la composición del Tribunal Calificador.
El resto de anuncios se harán públicos en la sede electrónica de este Ayuntamiento
https://moraleja.sedelectronica.es, en la página web www.moraleja.es y en el Tablón de Anuncios.
En el caso de que no fuera necesario subsanar deficiencias en las solicitudes presentadas por
las personas aspirantes, se procederá directamente a dictar Resolución de la Alcaldía aprobando la
lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as, que se hará pública en la forma indicada. En dicha
Resolución se determinará el lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio, así como la
composición del Tribunal Calificador.
CUARTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR.
El Tribunal Calificador, que se clasifica en la categoría 3ª del Anexo IV del Real Decreto
462/2002, de 24 de mayo, se ajustará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se
tenderá, en su composición a la paridad entre hombres y mujeres, en cumplimiento de lo establecido
en el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres, estando constituido por un número impar de miembros no inferior a cinco, todos ellos
funcionarios de carrera o personal laboral fijo con nivel de titulación igual o superior al exigido para
las plazas objeto de la presente convocatoria, resultando de la siguiente forma:
Presidencia:
 Un funcionario/a o empleado/a público/a del Ayuntamiento de Moraleja.
Vocales:
 Dos empleados/as públicos/as designados/as por la Alcaldía.
 Un empleado/a público/a designado/a por la Junta de Extremadura.
Secretaría:
www.moraleja.es
estadística@moraleja.es
Cód.
Validación:
5SDJTFSG6R2KNCFFCPNFPF7ER
Verificación:
https://moraleja.sedelectronica.es/
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Lunes, 23 de diciembre de 2024
N.º 0246
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