Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyomolinos. (BOP-2024-6659)
BOP-2024-6659 Bases para la contratación de un/a plaza/puesto de personal, denominada/o Maestro/a - Director/a de Escuela Infantil Municipal (0-3 años).
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Arroyomolinos
La solicitud deberá ir acompañada obligatoriamente de la documentación que se indica a continuación, en formato Pdf -único
formato admitido-, a través de los correspondientes ficheros electrónicos, según la denominación literal que se detalla:
Documentación a incluir en el fichero electrónico Denominación literal del fichero electrónico (1)
DNI/NIF/Pasaporte del aspirante 1_(indicar Nombre y apellidos)_Identificación
Base TERCERA, apartado e) 2_(indicar Nombre y apellidos)_Titulación
Según la Base OCTAVA
Apartado 1 (Proyecto Pedagógico) 3_(indicar Nombre y apellidos)_Proyecto Pedagógico
Apartado 2. a) (Formación No Reglada) 4_(indicar Nombre y apellidos)_Formación
Apartado 2. b) (Experiencia) 5_(indicar Nombre y apellidos)_Experiencia
[(1) Ejemplo de denominación del fichero que contiene el DNI de una persona llamada Prueba Prueba Prueba:
1_Prueba Prueba Prueba_Identificación].
La no presentación de documentación, la no inclusión de ésta en el fichero electrónico que le corresponda o la
presentación de ficheros en formato distinto al formato Pdf se entenderá, a efectos de puntuación, que el/los
criterio/s en que concurra esta situación no han sido alegados. Los ficheros presentados con denominación
distinta a la expresada no serán tenidos en cuenta.
SEXTA. Admisión de Aspirantes
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución, en el plazo máximo un mes, declarando
aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica de este
Ayuntamiento [https://arroyomolinos-cc.sedelectronica.es] y, en su caso, en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión, se
concederá un plazo de 3 días hábiles para la subsanación.
Al publicarse la lista provisional de admitidos y excluidos se podrá hacer advertencia de que, trascurrido el plazo anterior sin
reclamaciones, quedará aquélla elevada a definitiva.
Las alegaciones se presentarán en cualquiera de los lugares y en los formatos de ficheros establecidos en la Base QUINTA para
la presentación de instancias. Cuando su presentación se efectúe a través de la sede electrónica, se realizará accediendo a “Mi
carpeta electrónica/Mis expedientes/APORTAR NUEVOS DOCUMENTOS”.
Las alegaciones presentadas serán resueltas en el plazo de 30 días desde la finalización del plazo para presentación.
Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
Vistas, en su caso, las alegaciones presentadas, por Resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación definitiva de la lista de
admitidos y excluidos, que será objeto de publicación en la sede electrónica de este Ayuntamiento y, en su caso, en el Tablón
de Anuncios, para mayor difusión. En esta misma publicación se hará constar, cuando así proceda, el día, hora y lugar en que
habrán de realizarse las pruebas o el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección.
El llamamiento para posteriores ejercicios, en su caso, se hará mediante la publicación en la sede electrónica de este
Ayuntamiento y, en su caso, en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión; en este supuesto, los anuncios de la celebración de
las sucesivas pruebas deberán hacerse públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya celebrado la prueba
anterior, en la sede electrónica del Ayuntamiento y, en su caso, en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión, con doce horas,
al menos, de antelación al comienzo de éste, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo.
SÉPTIMA. Tribunal Calificador
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad
de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los
órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por
cuenta de nadie.
La composición del tribunal calificador es la siguiente:
Cargo Identidad
Presidente El Administrativo del Ayuntamiento
Vocal La Agente de Empleo y Desarrollo Local
Vocal Un empleado público nombrado por la Alcaldía
Vocal Un/a docente con destino en un centro público de la localidad o zona
Secretario El Secretario-Interventor del Ayuntamiento o persona en quién delegue, con voz y voto
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ayuntamiento de Arroyomolinos
Plaza Constitución, 1, Arroyomolinos. 10161 (Cáceres). Tfno. 927385002. Fax: 927385188
3
Cód.
Validación:
6GX6W9PP4E6KWM7ACA5P9W4CD
Verificación:
https://arroyomolinos-cc.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
3
de
6
CVE:
BOP-2024-6659
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 23 de diciembre de 2024
N.º 0246
Pág. 28168
La solicitud deberá ir acompañada obligatoriamente de la documentación que se indica a continuación, en formato Pdf -único
formato admitido-, a través de los correspondientes ficheros electrónicos, según la denominación literal que se detalla:
Documentación a incluir en el fichero electrónico Denominación literal del fichero electrónico (1)
DNI/NIF/Pasaporte del aspirante 1_(indicar Nombre y apellidos)_Identificación
Base TERCERA, apartado e) 2_(indicar Nombre y apellidos)_Titulación
Según la Base OCTAVA
Apartado 1 (Proyecto Pedagógico) 3_(indicar Nombre y apellidos)_Proyecto Pedagógico
Apartado 2. a) (Formación No Reglada) 4_(indicar Nombre y apellidos)_Formación
Apartado 2. b) (Experiencia) 5_(indicar Nombre y apellidos)_Experiencia
[(1) Ejemplo de denominación del fichero que contiene el DNI de una persona llamada Prueba Prueba Prueba:
1_Prueba Prueba Prueba_Identificación].
La no presentación de documentación, la no inclusión de ésta en el fichero electrónico que le corresponda o la
presentación de ficheros en formato distinto al formato Pdf se entenderá, a efectos de puntuación, que el/los
criterio/s en que concurra esta situación no han sido alegados. Los ficheros presentados con denominación
distinta a la expresada no serán tenidos en cuenta.
SEXTA. Admisión de Aspirantes
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución, en el plazo máximo un mes, declarando
aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica de este
Ayuntamiento [https://arroyomolinos-cc.sedelectronica.es] y, en su caso, en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión, se
concederá un plazo de 3 días hábiles para la subsanación.
Al publicarse la lista provisional de admitidos y excluidos se podrá hacer advertencia de que, trascurrido el plazo anterior sin
reclamaciones, quedará aquélla elevada a definitiva.
Las alegaciones se presentarán en cualquiera de los lugares y en los formatos de ficheros establecidos en la Base QUINTA para
la presentación de instancias. Cuando su presentación se efectúe a través de la sede electrónica, se realizará accediendo a “Mi
carpeta electrónica/Mis expedientes/APORTAR NUEVOS DOCUMENTOS”.
Las alegaciones presentadas serán resueltas en el plazo de 30 días desde la finalización del plazo para presentación.
Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
Vistas, en su caso, las alegaciones presentadas, por Resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación definitiva de la lista de
admitidos y excluidos, que será objeto de publicación en la sede electrónica de este Ayuntamiento y, en su caso, en el Tablón
de Anuncios, para mayor difusión. En esta misma publicación se hará constar, cuando así proceda, el día, hora y lugar en que
habrán de realizarse las pruebas o el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección.
El llamamiento para posteriores ejercicios, en su caso, se hará mediante la publicación en la sede electrónica de este
Ayuntamiento y, en su caso, en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión; en este supuesto, los anuncios de la celebración de
las sucesivas pruebas deberán hacerse públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya celebrado la prueba
anterior, en la sede electrónica del Ayuntamiento y, en su caso, en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión, con doce horas,
al menos, de antelación al comienzo de éste, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo.
SÉPTIMA. Tribunal Calificador
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad
de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los
órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por
cuenta de nadie.
La composición del tribunal calificador es la siguiente:
Cargo Identidad
Presidente El Administrativo del Ayuntamiento
Vocal La Agente de Empleo y Desarrollo Local
Vocal Un empleado público nombrado por la Alcaldía
Vocal Un/a docente con destino en un centro público de la localidad o zona
Secretario El Secretario-Interventor del Ayuntamiento o persona en quién delegue, con voz y voto
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ayuntamiento de Arroyomolinos
Plaza Constitución, 1, Arroyomolinos. 10161 (Cáceres). Tfno. 927385002. Fax: 927385188
3
Cód.
Validación:
6GX6W9PP4E6KWM7ACA5P9W4CD
Verificación:
https://arroyomolinos-cc.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
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BOP-2024-6659
Verificable
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Lunes, 23 de diciembre de 2024
N.º 0246
Pág. 28168