Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-6616)
BOP-2024-6616 Bases convocatoria cobertura en propiedad de una plaza de Oficial de Electricidad, personal laboral. Sistema de concurso - oposición. Turno libre. OEP 2021.
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Los cursos en los que no se acredite duración se asignará la puntuación mínima
y si la duración se reflejara en días, sin especificación de horas, se computará a razón
de tres horas por cada día que se acredite.
No podrán ser valorados en este apartado, los cursos que el personal aspirante
debió superar como requisito de acceso a la condición de empleado/a público/a, en su
caso.
La máxima puntuación a obtener en este apartado será de 4 puntos.
2.3 Acreditación de los méritos de la fase de concurso:
Los/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un
plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la relación
de aprobados/as en el último ejercicio de la fase de oposición para acreditar, a través
de su presentación en los términos previstos en la base tercera para la presentación de
instancias, los méritos definidos en el apartado anterior en la forma que se detalla a
continuación:
Experiencia laboral.
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Cáceres se certificarán de
oficio por esta Administración, haciendo entrega del certificado correspondiente al
Tribunal de Selección.
Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas se acreditarán por
las personas interesadas, mediante la presentación de certificado emitido por el órgano
competente de la Administración donde se hubiesen prestado, indicándose la
denominación del puesto de trabajo, la naturaleza jurídica de la relación, la escala,
subescala, subgrupo y especialidad correspondiente y el tiempo de su duración y la
proporción de la jornada.
Dicha certificación deberá ir acompañada de informe de vida laboral expedido
por la Tesorería General de la Seguridad Social, junto con el contrato laboral
correspondiente o vinculación jurídica como personal funcionario o estatutario, para
acreditar los certificados que acompañe a esta fase como documento complementario
de los anteriores, sin que por sí sola sirva para valorar los méritos aducidos.
CVE:
BOP-2024-6616
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 20 de diciembre de 2024
N.º 0245
Pág. 27984
Los cursos en los que no se acredite duración se asignará la puntuación mínima
y si la duración se reflejara en días, sin especificación de horas, se computará a razón
de tres horas por cada día que se acredite.
No podrán ser valorados en este apartado, los cursos que el personal aspirante
debió superar como requisito de acceso a la condición de empleado/a público/a, en su
caso.
La máxima puntuación a obtener en este apartado será de 4 puntos.
2.3 Acreditación de los méritos de la fase de concurso:
Los/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un
plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la relación
de aprobados/as en el último ejercicio de la fase de oposición para acreditar, a través
de su presentación en los términos previstos en la base tercera para la presentación de
instancias, los méritos definidos en el apartado anterior en la forma que se detalla a
continuación:
Experiencia laboral.
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Cáceres se certificarán de
oficio por esta Administración, haciendo entrega del certificado correspondiente al
Tribunal de Selección.
Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas se acreditarán por
las personas interesadas, mediante la presentación de certificado emitido por el órgano
competente de la Administración donde se hubiesen prestado, indicándose la
denominación del puesto de trabajo, la naturaleza jurídica de la relación, la escala,
subescala, subgrupo y especialidad correspondiente y el tiempo de su duración y la
proporción de la jornada.
Dicha certificación deberá ir acompañada de informe de vida laboral expedido
por la Tesorería General de la Seguridad Social, junto con el contrato laboral
correspondiente o vinculación jurídica como personal funcionario o estatutario, para
acreditar los certificados que acompañe a esta fase como documento complementario
de los anteriores, sin que por sí sola sirva para valorar los méritos aducidos.
CVE:
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Verificable
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