Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-6614)
BOP-2024-6614 Plan estratégico de subvenciones de la Concejalía de participación ciudadana, barrios, universidad popular y atención al/la ciudadano/a de este Excmo. Ayuntamiento para el ejercicio de 2025.
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Concejalía Participación Ciudadana y Barrios
2.4.- Regular, con carácter general, del régimen a que ha de ajustarse la
concesión y justificación de las subvenciones a tramitar por la Concejalía de
Participación Ciudadana, Barrios, Universidad Popular y Atención al Ciudadano.
Los objetivos particulares de cada línea de ayuda o subvención para el 2025 se
recogen en el documento anexo al presente denominado “Anexo al Plan Estratégico
de Subvenciones. Anualidad2025”.
ARTÍCULO 4. PRINCIPIOS GENERALES
Son principios generalesde este plan los siguientes:
3.1.- Principio de publicidad y transparencia: Este principio se materializa en
la convocatoria previa en la que se garantice la objetividad, transparencia, publicidad,
concurrencia e igualdad en la distribución de fondos públicos, ello sin perjuicio de la
posible concesión directa, de conformidad con lo establecido al respecto en la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en las Bases de Ejecución del
presupuesto del Ayuntamiento de Cáceres y demás normativa de aplicación.
Este principio también se materializa en la publicidad de las subvenciones
concedidas, en los términos previstos en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
3.2.- Principio de libre concurrencia, igualdad y no discriminación: Este
principio se materializa en la determinación de los requisitos que deben cumplir los
beneficiarios, al objeto de la plena satisfaccióndel interés general.
3.3.- Principio de objetividad: La concesión de subvenciones se realizará
conforme a criterios objetivos, previamente establecidos en la convocatoria a fin de
garantizar el conocimiento previo de los mismospor los potencialesbeneficiarios.
3.4.- Principios de eficacia y eficiencia: Eficacia en el cumplimiento de los
objetivos marcados y eficiencia en la asignación de recursos públicos, debiéndose
justificar cuantitativa y cualitativamente.
3.5.- Principio de estabilidad y de regla de gasto: La concesión de
subvenciones se ajustará al principio de estabilidad y a la regla de gasto, en los
CVE:
BOP-2024-6614
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 20 de diciembre de 2024
N.º 0245
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