Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-6614)
BOP-2024-6614 Plan estratégico de subvenciones de la Concejalía de participación ciudadana, barrios, universidad popular y atención al/la ciudadano/a de este Excmo. Ayuntamiento para el ejercicio de 2025.
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Concejalía Participación Ciudadana y Barrios
componentes de la misma permanezcan sin cambios, hecho este que deberá quedar
acreditado en el expediente, por parte del centro gestor correspondiente.
ARTÍCULO 16. SEGUIMIENTO DEL PLAN
Este Plan Estratégicodebe ser revisado al objeto de:
- Modificar o actualizar las líneas de subvención que pudieran haber perdido su
vigencia, o que no sean eficaces para el cumplimiento de los objetivos.
- Actualizarlos importes de aquellas que se mantengan.
- Incluir nuevas líneas de actuación que se consideren necesarias para la
consecución de los objetivos previamenteestablecidos.
A tales efectos, para cada línea de subvención deberán determinarse los
indicadores de cumplimiento de sus objetivos.
Este seguimiento se realizará con carácter anual por el departamento
municipal al que se le encomiende, para lo cual, por parte de cada uno de los
Servicios, Unidades y Entidades gestoras de subvenciones se procederá de acuerdo
con las instrucciones que al respecto emita dicho departamento.
Al objeto de dar cumplimiento a la obligación de suministrar información a la
Base Nacional de Subvenciones impuesta por el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, el departamento que se designe dictará las
instrucciones oportunas con el fin de establecer el procedimiento mediante el cual los
centros gestores de las subvenciones remitan la informacióna dicho departamento.
ARTÍCULO 17. CONTROL
El control financiero de las subvenciones está encomendado a la Intervención
de la Concejalía de Participación Ciudadana, Barrios, Universidad Popular y Atención al
Ciudadano se realizará de conformidad con lo dispuesto al respecto en la legislación.
CVE:
BOP-2024-6614
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 20 de diciembre de 2024
N.º 0245
Pág. 27944
Concejalía Participación Ciudadana y Barrios
componentes de la misma permanezcan sin cambios, hecho este que deberá quedar
acreditado en el expediente, por parte del centro gestor correspondiente.
ARTÍCULO 16. SEGUIMIENTO DEL PLAN
Este Plan Estratégicodebe ser revisado al objeto de:
- Modificar o actualizar las líneas de subvención que pudieran haber perdido su
vigencia, o que no sean eficaces para el cumplimiento de los objetivos.
- Actualizarlos importes de aquellas que se mantengan.
- Incluir nuevas líneas de actuación que se consideren necesarias para la
consecución de los objetivos previamenteestablecidos.
A tales efectos, para cada línea de subvención deberán determinarse los
indicadores de cumplimiento de sus objetivos.
Este seguimiento se realizará con carácter anual por el departamento
municipal al que se le encomiende, para lo cual, por parte de cada uno de los
Servicios, Unidades y Entidades gestoras de subvenciones se procederá de acuerdo
con las instrucciones que al respecto emita dicho departamento.
Al objeto de dar cumplimiento a la obligación de suministrar información a la
Base Nacional de Subvenciones impuesta por el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, el departamento que se designe dictará las
instrucciones oportunas con el fin de establecer el procedimiento mediante el cual los
centros gestores de las subvenciones remitan la informacióna dicho departamento.
ARTÍCULO 17. CONTROL
El control financiero de las subvenciones está encomendado a la Intervención
de la Concejalía de Participación Ciudadana, Barrios, Universidad Popular y Atención al
Ciudadano se realizará de conformidad con lo dispuesto al respecto en la legislación.
CVE:
BOP-2024-6614
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 20 de diciembre de 2024
N.º 0245
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