Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-6606)
BOP-2024-6606 Plan de Obras Extraordinario 2024 (2024/012): Aprobación del Plan y Desarrollo de Actuaciones.
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- En segundo lugar, a esa cantidad fija inicial se le añaden los siguientes importes: 8 €
más por habitante para los municipios y entes locales menores con población inferior a
5.000 habitantes y 6 € más por habitante para los municipios con población superior a
5.000 habitantes.
En virtud de cuanto antecede, la Corporación, de conformidad con la propuesta suscrita por el
Vicepresidente Tercero, de Fomento, Movilidad y Agenda Provincial y con el dictamen emitido
por la Comisión Informativa de Fomento, Movilidad y Agenda Provincial,
ACUERDA
PRIMERO. Aprobar el PLAN DE OBRAS EXTRAORDINARIO 2024 (CÓDIGO 2024 / 012), así
como el desarrollo de las actuaciones incluidas en el mismo, en los términos dispuestos en el
anexo que acompaña al presente acuerdo.
Las actuaciones incluidas en el plan se llevarán a cabo por los propios Ayuntamientos.
SEGUNDO. El plan se financiará íntegramente por esta Diputación Provincial, con un importe
total de 11.816.578,00 €.
El presente acuerdo queda condicionado a la entrada en vigor de la modificación de crédito
aprobada por el pleno de esta Diputación, tramitada para dotar al plan de crédito suficiente y
adecuado a la naturaleza del gasto, en función de la relación de actuaciones que ahora se
aprueba.
TERCERO. Se faculta a la Presidencia de esta Diputación para dictar cuantos actos y
resoluciones sean precisos para llevar a cabo el desarrollo del presente plan, delegando en el
Presidente de esta Diputación la competencia para dictar los actos mencionados, dentro de los
créditos habilitados al efecto.
Entre los actos de desarrollo de este plan que se elaboren por la Presidencia, deberá dictarse
la oportuna resolución en la que se regulen las normas generales que establezcan los
requisitos y formas de justificación del gasto por parte de los entes locales incluidos en el plan,
previa propuesta del Servicio General de Planificación, con el visto bueno del Vicepresidente
Tercero, de Fomento, Movilidad y Agenda Provincial. De la citada resolución se dará traslado a
todos los entes incluidos en el presente plan, para general conocimiento.
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace constar que el
presente acuerdo es definitivo en vía administrativa y frente al mismo puede interponerse, en el
CVE:
BOP-2024-6606
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 20 de diciembre de 2024
N.º 0245
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