Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-6577)
BOP-2024-6577 Convocatoria de Subvenciones Centros de Interpretación adscritos a la red de Centros de Interpretación de la provincia de Cáceres. Ejercicio 2025.
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8º. La entidad local incluirá en las estadísticas, encuestas y recogidas de datos que pudiera
llevar a cabo, la variable sexo, especificando el número de hombres y mujeres, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad
efectiva de mujeres y hombres, y aportará tales datos a la Diputación a fin de seguir los
criterios generales de su artículo 14, el primero de los cuales es el compromiso con la
efectividad del derecho constitucional de igualdad entre mujeres y hombres.
9º. Serán obligaciones de la entidad beneficiaria las establecidas en el artículo 14 de la Ley
General de Subvenciones y en el artículo 8 de la Ordenanza General de Subvenciones de la
Diputación Provincial de Cáceres.
10º. Los Ayuntamientos de las entidades locales, matrices de los Entes Locales Menores,
deberán entregar a éstas últimas el importe concedido, una vez recibido, a la mayor brevedad
posible.
BASE OCTAVA. SISTEMA DE TRAMITACIÓN. IDENTIFICACIÓN Y ACCESO A LA SEDE.
SISTEMA DE TRAMITACIÓN.
La presente Convocatoria se tramitará exclusivamente de manera telemática a través de la
sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres:
https://sede.dip-caceres.es
La tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento, incluyendo, en
su caso, la fase de reintegro.
La Diputación Provincial de Cáceres, asimismo, realizará todos sus trámites telemáticamente, a
través de la sede electrónica, salvo que por circunstancias excepcionales y motivadas tenga
que recurrir a otros procedimientos sustitutivos, con las debidas garantías para todas las
partes.
Las solicitudes, comunicaciones y demás documentación exigible serán presentadas en la
sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres firmadas electrónicamente, donde se
formalizará la entrega de las mismas en el registro electrónico creado y regulado por el
Reglamento del Registro General de Entrada y Salida de la Excma. Diputación Provincial de
Cáceres, publicado en el B.O.P. número 74, de 21 abril de 2010, modificado por Acuerdo de
Pleno de 27 de junio de 2013 y cuya modificación fue publicada en el BOP N.º 163, de 23 de
agosto.
CVE:
BOP-2024-6577
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 19 de diciembre de 2024
N.º 0244
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