Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-6577)
BOP-2024-6577 Convocatoria de Subvenciones Centros de Interpretación adscritos a la red de Centros de Interpretación de la provincia de Cáceres. Ejercicio 2025.
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interés legal del dinero incrementado en un 25 por ciento, salvo que la Ley de Presupuestos
Generales del Estado establezca otro diferente.
BASE DECIMOCUARTA. INFRACCIONES Y RÉGIMEN SANCIONADOR.
INFRACCIONES.
Constituyen infracciones administrativas en materia de subvenciones las acciones u omisiones
tipificadas en los artículos 56 a 58 de la LGS, y el régimen y graduación de sanciones será el
establecido en el capítulo II del título IV de la referida ley.
RÉGIMEN SANCIONADOR.
De acuerdo con lo establecido en el art. 44 de la Ordenanza General de Subvenciones, el
régimen sancionador en materia de subvenciones concedidas por la Diputación será el previsto
en el Título IV de la Ley General de Subvenciones.
BASE DECIMOQUINTA. COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS.
COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS.
Las ayudas previstas en esta convocatoria serán compatibles con cualesquiera otras que, para
la misma finalidad, reciba la entidad beneficiaria procedente de otras Administraciones o entes,
públicos o privados, nacionales o internacionales, siempre y cuando entre todas ellas no
superen el coste de la actuación subvencionada. Cualquier ingreso de esta naturaleza que la
entidad beneficiaria reciba, deberá comunicarlo a la Diputación Provincial de Cáceres, de
conformidad con el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones.
BASE DECIMOSEXTA. NORMATIVA DE APLICACIÓN. INTERPRETACIÓN. JURISDICCIÓN.
NORMATIVA DE APLICACIÓN.
En lo no previsto expresamente en las presentes Bases se estará a lo dispuesto en la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvencione; Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones; La Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de
Cáceres; las Bases de Ejecución del Presupuesto General de la Diputación Provincial de
Cáceres del año 2024; Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común;
Ley 40/2015,de Régimen Jurídico del Sector Público; el Decreto de 17 de junio de 1955,
Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales (en lo que no se oponga a la LGS);
Orden EHA 3565/2008 por la que se aprueba la estructura de los Presupuestos de las
CVE:
BOP-2024-6577
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 19 de diciembre de 2024
N.º 0244
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Generales del Estado establezca otro diferente.
BASE DECIMOCUARTA. INFRACCIONES Y RÉGIMEN SANCIONADOR.
INFRACCIONES.
Constituyen infracciones administrativas en materia de subvenciones las acciones u omisiones
tipificadas en los artículos 56 a 58 de la LGS, y el régimen y graduación de sanciones será el
establecido en el capítulo II del título IV de la referida ley.
RÉGIMEN SANCIONADOR.
De acuerdo con lo establecido en el art. 44 de la Ordenanza General de Subvenciones, el
régimen sancionador en materia de subvenciones concedidas por la Diputación será el previsto
en el Título IV de la Ley General de Subvenciones.
BASE DECIMOQUINTA. COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS.
COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS.
Las ayudas previstas en esta convocatoria serán compatibles con cualesquiera otras que, para
la misma finalidad, reciba la entidad beneficiaria procedente de otras Administraciones o entes,
públicos o privados, nacionales o internacionales, siempre y cuando entre todas ellas no
superen el coste de la actuación subvencionada. Cualquier ingreso de esta naturaleza que la
entidad beneficiaria reciba, deberá comunicarlo a la Diputación Provincial de Cáceres, de
conformidad con el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones.
BASE DECIMOSEXTA. NORMATIVA DE APLICACIÓN. INTERPRETACIÓN. JURISDICCIÓN.
NORMATIVA DE APLICACIÓN.
En lo no previsto expresamente en las presentes Bases se estará a lo dispuesto en la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvencione; Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones; La Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de
Cáceres; las Bases de Ejecución del Presupuesto General de la Diputación Provincial de
Cáceres del año 2024; Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común;
Ley 40/2015,de Régimen Jurídico del Sector Público; el Decreto de 17 de junio de 1955,
Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales (en lo que no se oponga a la LGS);
Orden EHA 3565/2008 por la que se aprueba la estructura de los Presupuestos de las
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