Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-6577)
BOP-2024-6577 Convocatoria de Subvenciones Centros de Interpretación adscritos a la red de Centros de Interpretación de la provincia de Cáceres. Ejercicio 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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la forma y con los requisitos exigidos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS.
Todas las comunicaciones y notificaciones correspondientes a los actos administrativos que se
dicten durante la tramitación del procedimiento registradas a través de la sede electrónica de la
Diputación, se incorporarán a los expedientes y estarán disponibles a lo largo de toda la
tramitación telemática en dicha sede.
Se pondrá a disposición de las personas solicitantes un sistema complementario de alertas por
medio de correo electrónico, en los términos del artículo 41.6 de la Ley 39/2015.
En aquellos casos en los que, como resultado de la fase de justificación y comprobación,
tuviera lugar un procedimiento de reintegro, las notificaciones relacionadas con dicho
procedimiento se realizarán en los términos del artículo 43 de la Ley 39/2015.
BASE UNDÉCIMA. JUSTIFICACIÓN: DOCUMENTOS, PLAZO DE JUSTIFICACIÓN Y
PRÓRROGA.
El sistema de justificación a emplear será el de cuenta justificativa con aportación de certificado
del/a Interventor/a o Secretario/a-Interventor/a, de acuerdo con lo establecido en el artículo
72.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, teniendo en cuenta la naturaleza de
la presente subvención y, cuyo contenido se cumplimentará siguiendo las indicaciones del
formulario establecido en la sede electrónica a tal efecto.
DOCUMENTOS.
Los beneficiarios presentarán la justificación cumplimentando todos los campos obligatorios del
formulario “Justificación” presente en la sede electrónica y adjuntando los documentos
requeridos, que se se entienden como firmados, ya que el sistema permite la identificación,
integridad y no repudio de la documentación aportada.
Además de este documento “Justificación”, se acompañarán:
1. Cuenta justificativa, según modelo normalizado puesto a disposición en Sede
Electrónica, que recogerá la relación de los contratos realizados subvencionados, los
costes totales y el importe imputado a la subvención (mod.121B).
2. Certificado del/la Secretario/a – Interventor/a, en relación al inicio y fin del contrato o
CVE:
BOP-2024-6577
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 19 de diciembre de 2024
N.º 0244
Pág. 27790
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS.
Todas las comunicaciones y notificaciones correspondientes a los actos administrativos que se
dicten durante la tramitación del procedimiento registradas a través de la sede electrónica de la
Diputación, se incorporarán a los expedientes y estarán disponibles a lo largo de toda la
tramitación telemática en dicha sede.
Se pondrá a disposición de las personas solicitantes un sistema complementario de alertas por
medio de correo electrónico, en los términos del artículo 41.6 de la Ley 39/2015.
En aquellos casos en los que, como resultado de la fase de justificación y comprobación,
tuviera lugar un procedimiento de reintegro, las notificaciones relacionadas con dicho
procedimiento se realizarán en los términos del artículo 43 de la Ley 39/2015.
BASE UNDÉCIMA. JUSTIFICACIÓN: DOCUMENTOS, PLAZO DE JUSTIFICACIÓN Y
PRÓRROGA.
El sistema de justificación a emplear será el de cuenta justificativa con aportación de certificado
del/a Interventor/a o Secretario/a-Interventor/a, de acuerdo con lo establecido en el artículo
72.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, teniendo en cuenta la naturaleza de
la presente subvención y, cuyo contenido se cumplimentará siguiendo las indicaciones del
formulario establecido en la sede electrónica a tal efecto.
DOCUMENTOS.
Los beneficiarios presentarán la justificación cumplimentando todos los campos obligatorios del
formulario “Justificación” presente en la sede electrónica y adjuntando los documentos
requeridos, que se se entienden como firmados, ya que el sistema permite la identificación,
integridad y no repudio de la documentación aportada.
Además de este documento “Justificación”, se acompañarán:
1. Cuenta justificativa, según modelo normalizado puesto a disposición en Sede
Electrónica, que recogerá la relación de los contratos realizados subvencionados, los
costes totales y el importe imputado a la subvención (mod.121B).
2. Certificado del/la Secretario/a – Interventor/a, en relación al inicio y fin del contrato o
CVE:
BOP-2024-6577
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
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