Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zarza la Mayor. (BOP-2024-6575)
BOP-2024-6575 Bases convocatoria para la provisión en propiedad, por el procedimiento de concurso - oposición acceso libre, de una plaza de Auxiliar de Administración General, subescala Auxiliar, vacante en la plantilla de personal funcionario de carrera.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Corporación, las retribuciones que le correspondan.
Quien dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la
documentación o de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no
podrá ser contratado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubiesen podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar
parte en la convocatoria.
En este caso, la propuesta se considerará hecha a favor del siguiente aspirante, según orden
de puntuación obtenida, que haya superado la totalidad de los ejercicios de las pruebas
selectivas.
Una vez publicado el nombramiento en diario oficial por la Alcaldía-Presidencia, el aspirante
incluido en el mismo deberá tomar posesión en el plazo máximo de treinta días naturales, a
contar desde el día siguiente a la publicación. Si no lo hiciera, sin causa justificada, quedarían
anuladas todas las actuaciones entendiéndose, asimismo, que renuncia a la plaza.
En el acto de toma de posesión, deberán prestar juramento o promesa de acuerdo con la
formula prevista en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.
BASE DECIMO SEGUNDA. LISTA DE ESPERA.
12.1. Se constituirá una lista de espera con los aspirantes que hayan aprobado la fase de
oposición.
El orden de la lista vendrá determinado por los candidatos, atendiendo al orden de puntuación.
12.2. Forma de llamamiento- El llamamiento se realizará por riguroso orden de puntuación, a
través de cualquier medio de contacto que se haya hecho constar en la instancia. La renuncia
supone la exclusión del aspirante de la lista de espera, salvo que concurra alguna de las
siguientes circunstancias que impidan el desempeño del puesto y que sean debidamente
acreditadas:
- Parto, baja por maternidad o enfermedad o situaciones asimiladas.
- Estar trabajando para el propio Ayuntamiento o cualquier empresa o Administración
Pública.
En estos casos se respetará el orden del aspirante en la lista para próximos ofrecimientos de
trabajo, siempre que se justificasen las situaciones anteriores en el plazo máximo de 5 días
desde que se hizo el ofrecimiento del puesto de trabajo. En caso contrario será excluido de
CVE:
BOP-2024-6575
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 18 de diciembre de 2024
N.º 0243
Pág. 27765
Quien dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la
documentación o de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no
podrá ser contratado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubiesen podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar
parte en la convocatoria.
En este caso, la propuesta se considerará hecha a favor del siguiente aspirante, según orden
de puntuación obtenida, que haya superado la totalidad de los ejercicios de las pruebas
selectivas.
Una vez publicado el nombramiento en diario oficial por la Alcaldía-Presidencia, el aspirante
incluido en el mismo deberá tomar posesión en el plazo máximo de treinta días naturales, a
contar desde el día siguiente a la publicación. Si no lo hiciera, sin causa justificada, quedarían
anuladas todas las actuaciones entendiéndose, asimismo, que renuncia a la plaza.
En el acto de toma de posesión, deberán prestar juramento o promesa de acuerdo con la
formula prevista en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.
BASE DECIMO SEGUNDA. LISTA DE ESPERA.
12.1. Se constituirá una lista de espera con los aspirantes que hayan aprobado la fase de
oposición.
El orden de la lista vendrá determinado por los candidatos, atendiendo al orden de puntuación.
12.2. Forma de llamamiento- El llamamiento se realizará por riguroso orden de puntuación, a
través de cualquier medio de contacto que se haya hecho constar en la instancia. La renuncia
supone la exclusión del aspirante de la lista de espera, salvo que concurra alguna de las
siguientes circunstancias que impidan el desempeño del puesto y que sean debidamente
acreditadas:
- Parto, baja por maternidad o enfermedad o situaciones asimiladas.
- Estar trabajando para el propio Ayuntamiento o cualquier empresa o Administración
Pública.
En estos casos se respetará el orden del aspirante en la lista para próximos ofrecimientos de
trabajo, siempre que se justificasen las situaciones anteriores en el plazo máximo de 5 días
desde que se hizo el ofrecimiento del puesto de trabajo. En caso contrario será excluido de
CVE:
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Verificable
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