Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-6552)
BOP-2024-6552 Bases convocatoria proceso selectivo dos plazas de Administrativo/a, personal funcionario, sistema concurso oposición turno libre oferta de empleo público 2021 y 2023.
28 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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compulsada del documento de identidad o pasaporte y fotocopia compulsada del
resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria.
Los familiares de nacionales de la Unión Europea deberán presentar una
fotocopia compulsada del pasaporte, del visado y, en su caso, del resguardo de haber
solicitado la correspondiente tarjeta o resguardo de haber solicitado la exención del
visado y la correspondiente tarjeta. También deberán presentar la documentación
expedida por las autoridades competentes que acrediten el vínculo del parentesco y una
declaración jurada o promesa del español o nacional de la Unión Europea, con el que
existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso,
del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
e) Certificado médico extendido en impreso oficial y firmado por un
colegiado/a en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el/la
aspirante posee la capacidad funcional para el desarrollo de las tareas.
En todo caso, el certificado médico citado en párrafo anterior no excluirá, en
absoluto, las comprobaciones posteriores que sean realizadas por el Ayuntamiento de
Cáceres.
Si alguno/a de los/las aspirantes propuestos/as tuviera la condición de
empleado/a público/a estará exento/a de justificar las condiciones y requisitos ya
acreditados para obtener su anterior nombramiento/contratación, debiendo presentar
únicamente certificación del Organismo de la Administración Pública de quien dependa,
acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente
personal.
Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor algún/a de los/las
aspirantes propuestos/as no presentase la documentación o del examen de la misma
se dedujese que carece de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados/as,
quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que
pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia solicitando tomar parte en el
proceso selectivo. En este caso el Ilmo. Sr. Alcalde efectuará el nombramiento a favor
de quien habiendo alcanzado la puntuación mínima exigida en los ejercicios de la
oposición, siga en el orden de clasificación definitiva.
CVE:
BOP-2024-6552
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 18 de diciembre de 2024
N.º 0243
Pág. 27641
resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria.
Los familiares de nacionales de la Unión Europea deberán presentar una
fotocopia compulsada del pasaporte, del visado y, en su caso, del resguardo de haber
solicitado la correspondiente tarjeta o resguardo de haber solicitado la exención del
visado y la correspondiente tarjeta. También deberán presentar la documentación
expedida por las autoridades competentes que acrediten el vínculo del parentesco y una
declaración jurada o promesa del español o nacional de la Unión Europea, con el que
existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso,
del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
e) Certificado médico extendido en impreso oficial y firmado por un
colegiado/a en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el/la
aspirante posee la capacidad funcional para el desarrollo de las tareas.
En todo caso, el certificado médico citado en párrafo anterior no excluirá, en
absoluto, las comprobaciones posteriores que sean realizadas por el Ayuntamiento de
Cáceres.
Si alguno/a de los/las aspirantes propuestos/as tuviera la condición de
empleado/a público/a estará exento/a de justificar las condiciones y requisitos ya
acreditados para obtener su anterior nombramiento/contratación, debiendo presentar
únicamente certificación del Organismo de la Administración Pública de quien dependa,
acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente
personal.
Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor algún/a de los/las
aspirantes propuestos/as no presentase la documentación o del examen de la misma
se dedujese que carece de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados/as,
quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que
pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia solicitando tomar parte en el
proceso selectivo. En este caso el Ilmo. Sr. Alcalde efectuará el nombramiento a favor
de quien habiendo alcanzado la puntuación mínima exigida en los ejercicios de la
oposición, siga en el orden de clasificación definitiva.
CVE:
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Verificable
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