Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-6547)
BOP-2024-6547 Bases Convocatoria de ayudas Plan Diputación Integra+ destinada a Entidades Locales para la creación de empleo para personas con discapacidad, 2025.
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VICEPRESIDENCIA DE TERRITORIO,
IGUALDAD Y CULTURA
SERVICIO DE IGUALDAD, POLÍTICA SOCIAL Y
COOPERACIÓN INTERNACIONAL
- RD 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de
la Administración Electrónica.
- Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de
confianza.
INTERPRETACIÓN
Para todas aquellas cuestiones no contempladas en el presente Plan y la interpretación de las dudas que
puedan surgir en su aplicación será competente el órgano con facultades para aprobar las mismas, esto
es la Vicepresidencia primera, que queda autorizada para dictar aquellos actos que sean precisos para su
desarrollo.
JURISDICCIÓN
El presente acto es definitivo en vía administrativa. Por lo que contra estas Bases se podrá interponer, a
tenor de lo establecido en el Artículo 123 de la LPAC 39/2015
y con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Vicepresidencia primera de la Excma. Diputación
de Cáceres, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOP.
En todo caso, se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso Administrativo de Cáceres, dentro del plazo de dos meses contados desde el siguiente al de
la publicación en el BOP.
En caso de optar por el recurso potestativo de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso
administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por
silencio administrativo.
Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime procedente.
De conformidad con lo establecido en la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Intervención
General de la Administración del Estado, por la que se regula el proceso de registro y publicación de
convocatorias de subvenciones y ayudas en el la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), en
su apartado quinto, punto 2, la eficacia de la convocatoria quedará supeditada a la publicación de su
extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
En Cáceres, a fecha de la firma electrónica al margen.
Fdo.: M.ª Esther Gutiérrez Morán
VICEPRESIDENTA PRIMERA DE TERRITORIO IGUALDAD Y CULTURA (DIPUTACIÓN DE
CÁCERES)
Página 12 de 19
CVE:
BOP-2024-6547
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 18 de diciembre de 2024
N.º 0243
Pág. 27587
IGUALDAD Y CULTURA
SERVICIO DE IGUALDAD, POLÍTICA SOCIAL Y
COOPERACIÓN INTERNACIONAL
- RD 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de
la Administración Electrónica.
- Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de
confianza.
INTERPRETACIÓN
Para todas aquellas cuestiones no contempladas en el presente Plan y la interpretación de las dudas que
puedan surgir en su aplicación será competente el órgano con facultades para aprobar las mismas, esto
es la Vicepresidencia primera, que queda autorizada para dictar aquellos actos que sean precisos para su
desarrollo.
JURISDICCIÓN
El presente acto es definitivo en vía administrativa. Por lo que contra estas Bases se podrá interponer, a
tenor de lo establecido en el Artículo 123 de la LPAC 39/2015
y con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Vicepresidencia primera de la Excma. Diputación
de Cáceres, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOP.
En todo caso, se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso Administrativo de Cáceres, dentro del plazo de dos meses contados desde el siguiente al de
la publicación en el BOP.
En caso de optar por el recurso potestativo de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso
administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por
silencio administrativo.
Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime procedente.
De conformidad con lo establecido en la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Intervención
General de la Administración del Estado, por la que se regula el proceso de registro y publicación de
convocatorias de subvenciones y ayudas en el la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), en
su apartado quinto, punto 2, la eficacia de la convocatoria quedará supeditada a la publicación de su
extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
En Cáceres, a fecha de la firma electrónica al margen.
Fdo.: M.ª Esther Gutiérrez Morán
VICEPRESIDENTA PRIMERA DE TERRITORIO IGUALDAD Y CULTURA (DIPUTACIÓN DE
CÁCERES)
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BOP-2024-6547
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 18 de diciembre de 2024
N.º 0243
Pág. 27587