Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-6546)
BOP-2024-6546 Bases Convocatoria Subvenciones Proyectos Educación Ciudadanía Global.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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SERVICIO DE IGUALDAD, POLÍTICA SOCIAL Y
COOPERACIÓN INTERNACIONAL
La presentación de la solicitud con firma electrónica implicará la conformidad de la entidad interesada para
recibir todas las comunicaciones y notificaciones que se realicen a lo largo de la tramitación del expediente
electrónico a través de dicho del sistema de notificaciones de la Diputación, y podrá autorizar a la persona de
contacto referida en la solicitud (siempre que ésta sea distinta de la persona solicitante), para que sea incluida
como interesada del procedimiento, a efectos de notificación y gestión del expediente.
Si la solicitud no fuese firmada por la persona que ostenta la representación legal, deberá subsanar este
aspecto en el plazo indicado para ello en la Base Octava, apartado Instrucción.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes deberán presentarse por las entidades interesadas en el plazo de 30 días hábiles, a contar
desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres, no admitiéndose las presentadas fuera de plazo. La presentación de la solicitud por parte de la
entidad interesada implicará la aceptación de las presentes bases de convocatoria, así como el consentimiento
inequívoco al tratamiento de datos de carácter personal y a su publicación, todo ello de conformidad con la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales.
CONSULTA DEL ESTADO DE TRAMITACIÓN
De conformidad con el artículo 53.1 de la Ley 39/2015, LPACAP, las personas representantes o autorizadas,
previa identificación con alguno de los sistemas previstos en la sede, podrán consultar el estado de tramitación
del expediente y los documentos presentados o generados de los procedimientos administrativos gestionados
electrónicamente en su totalidad y de los cuales tenga interés legítimo o representación bastante.
Podrán asimismo efectuar la presentación de la documentación adicional que pudiera ser requerida por el
órgano actuante. La incorporación de los documentos al expediente surtirá todos los efectos de la notificación
practicada según lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, LPACAP.
BASE SÉPTIMA. CONCESIÓN: CRITERIOS OBJETIVOS DE OTORGAMIENTO.
La Comisión de Valoración –cuya composición se determina en la BASE OCTAVA - llevará a cabo la evaluación
de las solicitudes, en virtud de los criterios de selección establecidos a continuación emitiéndose el
correspondiente acta. No se requerirá a las entidades beneficiarias la aceptación fehaciente de las ayudas, que
se entenderá en todo caso positiva si no mediara renuncia expresa.
La asignación de subvenciones se realizará sobre la base de los principios de transparencia, objetividad y
proporcionalidad de conformidad con el proyecto presentado por cada entidad. Cada proyecto se valorará de 0
a 100 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:
1. Experiencia acreditada de la ONGD en la gestión de proyectos de Educación para la Ciudadanía
Global en los últimos cinco años ( Máx. 8 puntos)
• Ha gestionado hasta 3 proyectos en los 5 últimos años. 3 puntos
• Ha gestionado de 4 a 5 proyectos en los 5 últimos años 5 puntos
• Ha gestionado más de 5 proyectos en los 5 últimos años. 8 puntos
CVE:
BOP-2024-6546
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 18 de diciembre de 2024
N.º 0243
Pág. 27560
COOPERACIÓN INTERNACIONAL
La presentación de la solicitud con firma electrónica implicará la conformidad de la entidad interesada para
recibir todas las comunicaciones y notificaciones que se realicen a lo largo de la tramitación del expediente
electrónico a través de dicho del sistema de notificaciones de la Diputación, y podrá autorizar a la persona de
contacto referida en la solicitud (siempre que ésta sea distinta de la persona solicitante), para que sea incluida
como interesada del procedimiento, a efectos de notificación y gestión del expediente.
Si la solicitud no fuese firmada por la persona que ostenta la representación legal, deberá subsanar este
aspecto en el plazo indicado para ello en la Base Octava, apartado Instrucción.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes deberán presentarse por las entidades interesadas en el plazo de 30 días hábiles, a contar
desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres, no admitiéndose las presentadas fuera de plazo. La presentación de la solicitud por parte de la
entidad interesada implicará la aceptación de las presentes bases de convocatoria, así como el consentimiento
inequívoco al tratamiento de datos de carácter personal y a su publicación, todo ello de conformidad con la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales.
CONSULTA DEL ESTADO DE TRAMITACIÓN
De conformidad con el artículo 53.1 de la Ley 39/2015, LPACAP, las personas representantes o autorizadas,
previa identificación con alguno de los sistemas previstos en la sede, podrán consultar el estado de tramitación
del expediente y los documentos presentados o generados de los procedimientos administrativos gestionados
electrónicamente en su totalidad y de los cuales tenga interés legítimo o representación bastante.
Podrán asimismo efectuar la presentación de la documentación adicional que pudiera ser requerida por el
órgano actuante. La incorporación de los documentos al expediente surtirá todos los efectos de la notificación
practicada según lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, LPACAP.
BASE SÉPTIMA. CONCESIÓN: CRITERIOS OBJETIVOS DE OTORGAMIENTO.
La Comisión de Valoración –cuya composición se determina en la BASE OCTAVA - llevará a cabo la evaluación
de las solicitudes, en virtud de los criterios de selección establecidos a continuación emitiéndose el
correspondiente acta. No se requerirá a las entidades beneficiarias la aceptación fehaciente de las ayudas, que
se entenderá en todo caso positiva si no mediara renuncia expresa.
La asignación de subvenciones se realizará sobre la base de los principios de transparencia, objetividad y
proporcionalidad de conformidad con el proyecto presentado por cada entidad. Cada proyecto se valorará de 0
a 100 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:
1. Experiencia acreditada de la ONGD en la gestión de proyectos de Educación para la Ciudadanía
Global en los últimos cinco años ( Máx. 8 puntos)
• Ha gestionado hasta 3 proyectos en los 5 últimos años. 3 puntos
• Ha gestionado de 4 a 5 proyectos en los 5 últimos años 5 puntos
• Ha gestionado más de 5 proyectos en los 5 últimos años. 8 puntos
CVE:
BOP-2024-6546
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 18 de diciembre de 2024
N.º 0243
Pág. 27560