Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-6535)
BOP-2024-6535 Convenio de Colaboración entre Ayuntamiento de Plasencia y Asociación Protectora de animales "El Refugio" para la recogida, traslado, acogida y mantenimiento de los animales de compañía extraviados o abandonados.
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TERCERA.- GASTOS SUBVENCIONABLES.
Se considerarán gastos subvencionables los destinados a la ejecución del Programa
realizados entre el 1 Enero y el 31
- Gastos pienso para los animales
- Gastos para castraciones y derivados de veterinarios
- Gastos para medicamentos
- Gastos de limpieza
- Gastos derivados de dar información al ciudadano
- Gastos de personal
- Gastos de Gestoría
- Gastos de suministro de combustible
- Gastos del programa de gestión de colonias felinas.
En ningún caso serán gastos subvencionables:
a) Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
b) Los gastos de procedimientos judiciales.
c) Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
d) Los impuestos personales sobre la renta
e) Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales
CUARTA.- COMPROMISOS DEL AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA
El Ayuntamiento de Plasencia se compromete al desarrollo de las siguientes actuaciones:
1) Financiar con la cantidad de
convenio con cargo a la partida presupuestaria
del 2024 denominada “PROTECCIÓN DE LA SALUBRIDAD. CONVENIO CENTRO DE
RECOGIDA DE ANIMALES.”
llevar a cabo el citado proyecto.
2) A la firma del convenio
subvención, de acuerdo con lo establecido por el artículo 34.3 de la Ley 38/2003, General
de Subvenciones, que señala que “
entregas de fondos con carácter previo a la justificación,
GASTOS SUBVENCIONABLES.
Se considerarán gastos subvencionables los destinados a la ejecución del Programa
ero y el 31 de diciembre de 2024, y en concreto los siguientes:
Gastos pienso para los animales
Gastos para castraciones y derivados de veterinarios
Gastos para medicamentos
Gastos de limpieza
Gastos derivados de dar información al ciudadano
Gastos de personal
de Gestoría
Gastos de suministro de combustible.
Gastos del programa de gestión de colonias felinas.
En ningún caso serán gastos subvencionables:
Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
Los gastos de procedimientos judiciales.
indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
Los impuestos personales sobre la renta
Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales
COMPROMISOS DEL AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA
El Ayuntamiento de Plasencia se compromete al desarrollo de las siguientes actuaciones:
Financiar con la cantidad de 50.000 euros las actividades previstas en el presente
convenio con cargo a la partida presupuestaria 0110 311 48008 del presupuesto municipal
denominada “PROTECCIÓN DE LA SALUBRIDAD. CONVENIO CENTRO DE
RECOGIDA DE ANIMALES.” lo que supone el 80% del presupuesto que permitirá
llevar a cabo el citado proyecto.
la firma del convenio la “ASOCIACIÓN EL REFUGIO”, recibirá
subvención, de acuerdo con lo establecido por el artículo 34.3 de la Ley 38/2003, General
de Subvenciones, que señala que “se podrán realizar pagos anticipados que supondrán
entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para
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Se considerarán gastos subvencionables los destinados a la ejecución del Programa
, y en concreto los siguientes:
indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
El Ayuntamiento de Plasencia se compromete al desarrollo de las siguientes actuaciones:
las actividades previstas en el presente
del presupuesto municipal
denominada “PROTECCIÓN DE LA SALUBRIDAD. CONVENIO CENTRO DE
del presupuesto que permitirá
recibirá el 100% de la
subvención, de acuerdo con lo establecido por el artículo 34.3 de la Ley 38/2003, General
se podrán realizar pagos anticipados que supondrán
como financiación necesaria para
CVE:
BOP-2024-6535
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 17 de diciembre de 2024
N.º 0242
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