Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-6535)
BOP-2024-6535 Convenio de Colaboración entre Ayuntamiento de Plasencia y Asociación Protectora de animales "El Refugio" para la recogida, traslado, acogida y mantenimiento de los animales de compañía extraviados o abandonados.
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CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA Y LA
ASOCIACIÓN PROTECTORA DE ANIMALES “EL REFUGIO” PARA LA RECOGIDA,
TRASLADO, ACOGIDA Y MANTENIMIENTO DE LOS ANIMALES DE COMPAÑÍA
EXTRAVIADOS O ABANDONADOS
EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE PLASENCIA.
En Plasencia
De una parte Don Fernando Pizarro García Polo, Alcalde del Excelentísimo
Ayuntamiento de Plasencia, actuando en virtud del nombramiento en sesión ordinaria
celebrada por el Ayuntamiento Pleno el
De otra parte María Salud Mateos Gamo, Presidenta de la Asociación Protectora de
Animales EL REFUGIO de Plasencia, con CIF: G
Las partes se reconocen con capacidad
Convenio, a cuyos efectos:
PRIMERO.
Que, de acuerdo con lo dispuesto en la ley 5/2002 de 23 de mayo, de Protección de los
Animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 9
Ayuntamientos cumplirán la normativa en vigor en los temas objeto de esta ley.
SEGUNDO
Que, en virtud de lo recogido en el artículo 10.3 las Administraciones Públicas local y
autonómica podrán conceder ayudas a las entidades autorizadas de carácter protector para el
mantenimiento de los establecimientos destinados a la recogida de animales a
siempre que los mismos cumplan los requisitos que se establezcan, así como lo recogido en
la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia y Protección de Animales de Compañía y
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA Y LA
ASOCIACIÓN PROTECTORA DE ANIMALES “EL REFUGIO” PARA LA RECOGIDA,
TRASLADO, ACOGIDA Y MANTENIMIENTO DE LOS ANIMALES DE COMPAÑÍA
EXTRAVIADOS O ABANDONADOS
EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE PLASENCIA.
En Plasencia, a la fecha de las firmas.
REUNIDOS:
De una parte Don Fernando Pizarro García Polo, Alcalde del Excelentísimo
Ayuntamiento de Plasencia, actuando en virtud del nombramiento en sesión ordinaria
celebrada por el Ayuntamiento Pleno el 17 de junio de 2023, en su nombre y representación.
De otra parte María Salud Mateos Gamo, Presidenta de la Asociación Protectora de
Animales EL REFUGIO de Plasencia, con CIF: G-10227148, en su nombre y representación.
Las partes se reconocen con capacidad legal suficiente para otorgar el presente
MANIFIESTAN:
Que, de acuerdo con lo dispuesto en la ley 5/2002 de 23 de mayo, de Protección de los
Animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 9
Ayuntamientos cumplirán la normativa en vigor en los temas objeto de esta ley.
Que, en virtud de lo recogido en el artículo 10.3 las Administraciones Públicas local y
autonómica podrán conceder ayudas a las entidades autorizadas de carácter protector para el
mantenimiento de los establecimientos destinados a la recogida de animales a
siempre que los mismos cumplan los requisitos que se establezcan, así como lo recogido en
la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia y Protección de Animales de Compañía y
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CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA Y LA
ASOCIACIÓN PROTECTORA DE ANIMALES “EL REFUGIO” PARA LA RECOGIDA,
TRASLADO, ACOGIDA Y MANTENIMIENTO DE LOS ANIMALES DE COMPAÑÍA
De una parte Don Fernando Pizarro García Polo, Alcalde del Excelentísimo
Ayuntamiento de Plasencia, actuando en virtud del nombramiento en sesión ordinaria
, en su nombre y representación.
De otra parte María Salud Mateos Gamo, Presidenta de la Asociación Protectora de
10227148, en su nombre y representación.
iente para otorgar el presente
Que, de acuerdo con lo dispuesto en la ley 5/2002 de 23 de mayo, de Protección de los
Animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 9 establece, que los
Ayuntamientos cumplirán la normativa en vigor en los temas objeto de esta ley.
Que, en virtud de lo recogido en el artículo 10.3 las Administraciones Públicas local y
autonómica podrán conceder ayudas a las entidades autorizadas de carácter protector para el
mantenimiento de los establecimientos destinados a la recogida de animales abandonados,
siempre que los mismos cumplan los requisitos que se establezcan, así como lo recogido en
la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia y Protección de Animales de Compañía y
CVE:
BOP-2024-6535
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 17 de diciembre de 2024
N.º 0242
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