Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-6535)
BOP-2024-6535 Convenio de Colaboración entre Ayuntamiento de Plasencia y Asociación Protectora de animales "El Refugio" para la recogida, traslado, acogida y mantenimiento de los animales de compañía extraviados o abandonados.
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mensajes relativos a: evitar los abandonos, esterilizar los animales,
animales, y comportamiento cívico con los animales en las calles.
En la publicidad que se realice en los medios de comunicación, será preciso que
aparezcan los elementos distintivos del Ayuntamiento de Plasencia.
SEXTA.-MODIFICACIÓN, RESOLUCIÓN O INCUMPLIMIENTO DEL CONVENIO
1. Serán causas de resolución del presente Convenio el incumplimiento total, parcial o
defectuoso de sus estipulaciones. Además, ambas partes se reservan la facultad de
resolver unilateralmente este Convenio en
concurrencia de circunstancias excepcionales que impidan el cumplimiento de los
compromisos adquiridos en el mismo, comunicándolo dentro del plazo de 10 días
naturales siguientes a la aparición de aquellas circunst
cuantas actuaciones fueran susceptibles de ser paralizadas
2. En caso de incumplimiento de las obligaciones previstas en este Convenio, de la
resolución anticipada del mismo, así como en los casos previstos en el artículo 37 de la
Ley General de Subvenciones, se requerirá a la asociación o entidad beneficiaria el
reintegro de las cantidades percibidas y los intereses de demora correspondientes desde
el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedenci
del reintegro, de acuerdo con lo dispuesto en la propia Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, el Reglamento 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba
Reglamento de la Ley General de Subvenciones y la Ordenanza por la que se regu
régimen general de subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia.
SÉPTIMA. SEGUIMIENTO
Se constituye una comisión de seguimiento y control del presente convenio que
asegure el buen desarrollo del mismo. La citada comisión estará constituida, por parte del
Ayuntamiento de Plasencia, por el
Alcalde) o persona en quien delegue, un representante de la Policía Local, un representante
de los servicios municipales del Ayuntamiento; y por parte de la Asociación EL REFUGIO, por
su presidente o persona en quien delegue y un vocal. La comisión se reuni
al año, en el lugar y fecha que se determine de común acuerdo.
mensajes relativos a: evitar los abandonos, esterilizar los animales, censar e identificar a los
animales, y comportamiento cívico con los animales en las calles.
En la publicidad que se realice en los medios de comunicación, será preciso que
aparezcan los elementos distintivos del Ayuntamiento de Plasencia.
ACIÓN, RESOLUCIÓN O INCUMPLIMIENTO DEL CONVENIO
Serán causas de resolución del presente Convenio el incumplimiento total, parcial o
defectuoso de sus estipulaciones. Además, ambas partes se reservan la facultad de
resolver unilateralmente este Convenio en cualquier momento como consecuencia de la
concurrencia de circunstancias excepcionales que impidan el cumplimiento de los
compromisos adquiridos en el mismo, comunicándolo dentro del plazo de 10 días
naturales siguientes a la aparición de aquellas circunstancias, quedando en suspenso
cuantas actuaciones fueran susceptibles de ser paralizadas
En caso de incumplimiento de las obligaciones previstas en este Convenio, de la
resolución anticipada del mismo, así como en los casos previstos en el artículo 37 de la
Ley General de Subvenciones, se requerirá a la asociación o entidad beneficiaria el
reintegro de las cantidades percibidas y los intereses de demora correspondientes desde
el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedenci
del reintegro, de acuerdo con lo dispuesto en la propia Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, el Reglamento 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba
Reglamento de la Ley General de Subvenciones y la Ordenanza por la que se regu
régimen general de subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia.
Se constituye una comisión de seguimiento y control del presente convenio que
asegure el buen desarrollo del mismo. La citada comisión estará constituida, por parte del
Ayuntamiento de Plasencia, por el Concejal delegado de Medio Ambiente
o persona en quien delegue, un representante de la Policía Local, un representante
de los servicios municipales del Ayuntamiento; y por parte de la Asociación EL REFUGIO, por
su presidente o persona en quien delegue y un vocal. La comisión se reuni
al año, en el lugar y fecha que se determine de común acuerdo.
10
censar e identificar a los
En la publicidad que se realice en los medios de comunicación, será preciso que
ACIÓN, RESOLUCIÓN O INCUMPLIMIENTO DEL CONVENIO
Serán causas de resolución del presente Convenio el incumplimiento total, parcial o
defectuoso de sus estipulaciones. Además, ambas partes se reservan la facultad de
cualquier momento como consecuencia de la
concurrencia de circunstancias excepcionales que impidan el cumplimiento de los
compromisos adquiridos en el mismo, comunicándolo dentro del plazo de 10 días
ancias, quedando en suspenso
En caso de incumplimiento de las obligaciones previstas en este Convenio, de la
resolución anticipada del mismo, así como en los casos previstos en el artículo 37 de la
Ley General de Subvenciones, se requerirá a la asociación o entidad beneficiaria el
reintegro de las cantidades percibidas y los intereses de demora correspondientes desde
el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia
del reintegro, de acuerdo con lo dispuesto en la propia Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, el Reglamento 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba
Reglamento de la Ley General de Subvenciones y la Ordenanza por la que se regula el
Se constituye una comisión de seguimiento y control del presente convenio que
asegure el buen desarrollo del mismo. La citada comisión estará constituida, por parte del
Medio Ambiente (delegación del
o persona en quien delegue, un representante de la Policía Local, un representante
de los servicios municipales del Ayuntamiento; y por parte de la Asociación EL REFUGIO, por
su presidente o persona en quien delegue y un vocal. La comisión se reunirá al menos 1 vez
CVE:
BOP-2024-6535
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 17 de diciembre de 2024
N.º 0242
Pág. 27535
animales, y comportamiento cívico con los animales en las calles.
En la publicidad que se realice en los medios de comunicación, será preciso que
aparezcan los elementos distintivos del Ayuntamiento de Plasencia.
SEXTA.-MODIFICACIÓN, RESOLUCIÓN O INCUMPLIMIENTO DEL CONVENIO
1. Serán causas de resolución del presente Convenio el incumplimiento total, parcial o
defectuoso de sus estipulaciones. Además, ambas partes se reservan la facultad de
resolver unilateralmente este Convenio en
concurrencia de circunstancias excepcionales que impidan el cumplimiento de los
compromisos adquiridos en el mismo, comunicándolo dentro del plazo de 10 días
naturales siguientes a la aparición de aquellas circunst
cuantas actuaciones fueran susceptibles de ser paralizadas
2. En caso de incumplimiento de las obligaciones previstas en este Convenio, de la
resolución anticipada del mismo, así como en los casos previstos en el artículo 37 de la
Ley General de Subvenciones, se requerirá a la asociación o entidad beneficiaria el
reintegro de las cantidades percibidas y los intereses de demora correspondientes desde
el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedenci
del reintegro, de acuerdo con lo dispuesto en la propia Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, el Reglamento 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba
Reglamento de la Ley General de Subvenciones y la Ordenanza por la que se regu
régimen general de subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia.
SÉPTIMA. SEGUIMIENTO
Se constituye una comisión de seguimiento y control del presente convenio que
asegure el buen desarrollo del mismo. La citada comisión estará constituida, por parte del
Ayuntamiento de Plasencia, por el
Alcalde) o persona en quien delegue, un representante de la Policía Local, un representante
de los servicios municipales del Ayuntamiento; y por parte de la Asociación EL REFUGIO, por
su presidente o persona en quien delegue y un vocal. La comisión se reuni
al año, en el lugar y fecha que se determine de común acuerdo.
mensajes relativos a: evitar los abandonos, esterilizar los animales, censar e identificar a los
animales, y comportamiento cívico con los animales en las calles.
En la publicidad que se realice en los medios de comunicación, será preciso que
aparezcan los elementos distintivos del Ayuntamiento de Plasencia.
ACIÓN, RESOLUCIÓN O INCUMPLIMIENTO DEL CONVENIO
Serán causas de resolución del presente Convenio el incumplimiento total, parcial o
defectuoso de sus estipulaciones. Además, ambas partes se reservan la facultad de
resolver unilateralmente este Convenio en cualquier momento como consecuencia de la
concurrencia de circunstancias excepcionales que impidan el cumplimiento de los
compromisos adquiridos en el mismo, comunicándolo dentro del plazo de 10 días
naturales siguientes a la aparición de aquellas circunstancias, quedando en suspenso
cuantas actuaciones fueran susceptibles de ser paralizadas
En caso de incumplimiento de las obligaciones previstas en este Convenio, de la
resolución anticipada del mismo, así como en los casos previstos en el artículo 37 de la
Ley General de Subvenciones, se requerirá a la asociación o entidad beneficiaria el
reintegro de las cantidades percibidas y los intereses de demora correspondientes desde
el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedenci
del reintegro, de acuerdo con lo dispuesto en la propia Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, el Reglamento 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba
Reglamento de la Ley General de Subvenciones y la Ordenanza por la que se regu
régimen general de subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia.
Se constituye una comisión de seguimiento y control del presente convenio que
asegure el buen desarrollo del mismo. La citada comisión estará constituida, por parte del
Ayuntamiento de Plasencia, por el Concejal delegado de Medio Ambiente
o persona en quien delegue, un representante de la Policía Local, un representante
de los servicios municipales del Ayuntamiento; y por parte de la Asociación EL REFUGIO, por
su presidente o persona en quien delegue y un vocal. La comisión se reuni
al año, en el lugar y fecha que se determine de común acuerdo.
10
censar e identificar a los
En la publicidad que se realice en los medios de comunicación, será preciso que
ACIÓN, RESOLUCIÓN O INCUMPLIMIENTO DEL CONVENIO
Serán causas de resolución del presente Convenio el incumplimiento total, parcial o
defectuoso de sus estipulaciones. Además, ambas partes se reservan la facultad de
cualquier momento como consecuencia de la
concurrencia de circunstancias excepcionales que impidan el cumplimiento de los
compromisos adquiridos en el mismo, comunicándolo dentro del plazo de 10 días
ancias, quedando en suspenso
En caso de incumplimiento de las obligaciones previstas en este Convenio, de la
resolución anticipada del mismo, así como en los casos previstos en el artículo 37 de la
Ley General de Subvenciones, se requerirá a la asociación o entidad beneficiaria el
reintegro de las cantidades percibidas y los intereses de demora correspondientes desde
el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia
del reintegro, de acuerdo con lo dispuesto en la propia Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, el Reglamento 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba
Reglamento de la Ley General de Subvenciones y la Ordenanza por la que se regula el
Se constituye una comisión de seguimiento y control del presente convenio que
asegure el buen desarrollo del mismo. La citada comisión estará constituida, por parte del
Medio Ambiente (delegación del
o persona en quien delegue, un representante de la Policía Local, un representante
de los servicios municipales del Ayuntamiento; y por parte de la Asociación EL REFUGIO, por
su presidente o persona en quien delegue y un vocal. La comisión se reunirá al menos 1 vez
CVE:
BOP-2024-6535
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 17 de diciembre de 2024
N.º 0242
Pág. 27535