Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-6521)
BOP-2024-6521 Convocatoria de pruebas selectivas para la cobertura en propiedad de una plaza de Educador/a Social, mediante el sistema de oposición por el turno libre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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de la prueba, un escrito dirigido al presidente del Tribunal de Selección comunicando el hecho
de la hospitalización, y adjuntando informe médico que lo demuestre, junto con la solicitud
expresa del deseo de la realización de la prueba.
Su situación quedará condicionada a la superación de los ejercicios que hayan quedado
aplazados, no pudiendo demorarse éstos de manera que se menoscabe el derecho del resto de
los/as aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser
valorado por el Tribunal de Selección y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar
antes de la publicación de las listas de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Una vez comenzado el procedimiento de selección, no será obligatoria la publicación de
los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en los Boletines Oficiales. En
dicho supuesto, estos anuncios se harán públicos por el órgano de selección en los locales donde
se hayan celebrado las pruebas anteriores y, en todo caso en el tablón de anuncios de la sede
electrónica del Ayuntamiento de Cáceres, así como dentro del apartado Ofertas de Empleo
https://sede.caceres.es, con veinticuatro horas al menos de antelación al comienzo de las
mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de cuarenta y ocho si se trata de uno nuevo.
La duración del proceso de celebración de las pruebas selectivas no será superior a doce
meses. Desde la terminación de una prueba hasta el comienzo de la siguiente deberá transcurrir
un plazo mínimo de setenta y dos horas y un máximo de cuarenta y cinco días.
SEXTA. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN.
El procedimiento de selección se realizará mediante el sistema de oposición, por el turno
libre, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que a continuación se especifican.
La oposición constará de dos ejercicios, siendo todos ellos de carácter obligatorio y
eliminatorio:
La normativa aplicable a los ejercicios de la oposición será la vigente en el momento de
publicar la resolución en la que se determine el lugar, fecha y hora del comienzo del primer
ejercicio y en su caso el orden de actuación de las personas aspirantes.
Los Tribunales de Selección adoptarán las medidas oportunas para garantizar que los
distintos ejercicios sean corregidos sin que se conozca la identidad de los/as aspirantes.
a) Primer ejercicio
Consistirá en el desarrollo por escrito durante un tiempo máximo de tres horas, de un
tema a elegir de entre dos de la parte general y dos temas a elegir de entre tres de la parte
específica, extraídos al azar, el día de la prueba, en presencia de las personas aspirantes, de
entre los que figuran en el programa anexo a la convocatoria.
Dicho ejercicio deberá ser leído necesariamente por el personal opositor, previa
convocatoria, en sesión pública ante el Tribunal. No serán tenidos en cuenta y, por tanto, no
serán calificados los ejercicios de quiénes no realicen las referidas funciones.
En esta prueba se valorará la formación general, la claridad y orden de ideas, el volumen
y comprensión de los conocimientos expuestos, así como la facilidad de expresión escrita.
Para su superación es preciso que las personas aspirantes desarrollen los tres temas que
hayan sido objeto de su elección en todos sus epígrafes.
CVE:
BOP-2024-6521
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 17 de diciembre de 2024
N.º 0242
Pág. 27457
de la hospitalización, y adjuntando informe médico que lo demuestre, junto con la solicitud
expresa del deseo de la realización de la prueba.
Su situación quedará condicionada a la superación de los ejercicios que hayan quedado
aplazados, no pudiendo demorarse éstos de manera que se menoscabe el derecho del resto de
los/as aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser
valorado por el Tribunal de Selección y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar
antes de la publicación de las listas de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Una vez comenzado el procedimiento de selección, no será obligatoria la publicación de
los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en los Boletines Oficiales. En
dicho supuesto, estos anuncios se harán públicos por el órgano de selección en los locales donde
se hayan celebrado las pruebas anteriores y, en todo caso en el tablón de anuncios de la sede
electrónica del Ayuntamiento de Cáceres, así como dentro del apartado Ofertas de Empleo
https://sede.caceres.es, con veinticuatro horas al menos de antelación al comienzo de las
mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de cuarenta y ocho si se trata de uno nuevo.
La duración del proceso de celebración de las pruebas selectivas no será superior a doce
meses. Desde la terminación de una prueba hasta el comienzo de la siguiente deberá transcurrir
un plazo mínimo de setenta y dos horas y un máximo de cuarenta y cinco días.
SEXTA. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN.
El procedimiento de selección se realizará mediante el sistema de oposición, por el turno
libre, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que a continuación se especifican.
La oposición constará de dos ejercicios, siendo todos ellos de carácter obligatorio y
eliminatorio:
La normativa aplicable a los ejercicios de la oposición será la vigente en el momento de
publicar la resolución en la que se determine el lugar, fecha y hora del comienzo del primer
ejercicio y en su caso el orden de actuación de las personas aspirantes.
Los Tribunales de Selección adoptarán las medidas oportunas para garantizar que los
distintos ejercicios sean corregidos sin que se conozca la identidad de los/as aspirantes.
a) Primer ejercicio
Consistirá en el desarrollo por escrito durante un tiempo máximo de tres horas, de un
tema a elegir de entre dos de la parte general y dos temas a elegir de entre tres de la parte
específica, extraídos al azar, el día de la prueba, en presencia de las personas aspirantes, de
entre los que figuran en el programa anexo a la convocatoria.
Dicho ejercicio deberá ser leído necesariamente por el personal opositor, previa
convocatoria, en sesión pública ante el Tribunal. No serán tenidos en cuenta y, por tanto, no
serán calificados los ejercicios de quiénes no realicen las referidas funciones.
En esta prueba se valorará la formación general, la claridad y orden de ideas, el volumen
y comprensión de los conocimientos expuestos, así como la facilidad de expresión escrita.
Para su superación es preciso que las personas aspirantes desarrollen los tres temas que
hayan sido objeto de su elección en todos sus epígrafes.
CVE:
BOP-2024-6521
Verificable
en:
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N.º 0242
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