Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2024-6503)
BOP-2024-6503 Convocatoria y bases para la provisión de tres plazas de Técnico de Gestión de Administración General, por promoción interna y concurso oposición.
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CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE 3 PLAZAS DE TÉCNICO DE GESTIÓN DE
ADMINISTRACIÓN GENERAL, POR PROMOCIÓN INTERNA Y CONCURSO-OPOSICIÓN.
PRIMERA. Objeto de la convocatoria.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria, a través del sistema de concurso-oposición por
promoción interna, el proceso selectivo para la provisión de tres plazas de la Escala de
Administración General, Subescala Técnica, Clase Técnico Medio, Grupo A, Subgrupo A2, de la
plantilla de personal funcionario del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de
la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, dentro del marco general de ejecución de las Ofertas
de Empleo Público de 2021 y 2022, (códigos de plazas 21, 18, 19) de conformidad con lo dispuesto
en el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 e octubre, y Ley 13/2015, de 8 de abril , de la Función Pública de
Extremadura, dictada en su desarrollo, previa negociación y acuerdo en la Mesa de Negociación
de empleados Públicos, así como lo dispuesto en las Bases Generales para la regulación de
aspectos comunes a los procesos selectivos de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y sus
Organismos Autónomos.
1.2. En este proceso selectivo se tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres
y mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la
Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
hombres y mujeres, la Directiva 2006/54/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo , de 5 de
julio, de 2006, artículos 21 y 23 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, de 7 de
diciembre de 2000, vinculante desde la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, de 17 de diciembre
de 2007, en vigor desde el 1 de diciembre de 2009, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, la
Ley 13/2015, de 8 de abril de la Función Pública de Extremadura y lo previsto en el Acuerdo-
Convenio por el que se aprueba el III Plan de Igualdad entre mujeres hombres de la Excma.
Diputación Provincial de Cáceres.
SEGUNDA. Requisitos de los/as aspirantes.
2.1. Requisitos generales:
a) Poseer nacionalidad española, o la de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea, o
nacionalidad de algún Estado en el que en virtud de los Tratados internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores/as.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/las
españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados/as de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que
no estén separados/as de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad
dependientes. En este supuesto, los aspirantes deberán acompañar a su solicitud, el
documento que acredite las condiciones que se alegan.
CVE:
BOP-2024-6503
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 17 de diciembre de 2024
N.º 0242
Pág. 27186
CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE 3 PLAZAS DE TÉCNICO DE GESTIÓN DE
ADMINISTRACIÓN GENERAL, POR PROMOCIÓN INTERNA Y CONCURSO-OPOSICIÓN.
PRIMERA. Objeto de la convocatoria.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria, a través del sistema de concurso-oposición por
promoción interna, el proceso selectivo para la provisión de tres plazas de la Escala de
Administración General, Subescala Técnica, Clase Técnico Medio, Grupo A, Subgrupo A2, de la
plantilla de personal funcionario del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de
la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, dentro del marco general de ejecución de las Ofertas
de Empleo Público de 2021 y 2022, (códigos de plazas 21, 18, 19) de conformidad con lo dispuesto
en el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 e octubre, y Ley 13/2015, de 8 de abril , de la Función Pública de
Extremadura, dictada en su desarrollo, previa negociación y acuerdo en la Mesa de Negociación
de empleados Públicos, así como lo dispuesto en las Bases Generales para la regulación de
aspectos comunes a los procesos selectivos de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y sus
Organismos Autónomos.
1.2. En este proceso selectivo se tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres
y mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la
Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
hombres y mujeres, la Directiva 2006/54/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo , de 5 de
julio, de 2006, artículos 21 y 23 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, de 7 de
diciembre de 2000, vinculante desde la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, de 17 de diciembre
de 2007, en vigor desde el 1 de diciembre de 2009, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, la
Ley 13/2015, de 8 de abril de la Función Pública de Extremadura y lo previsto en el Acuerdo-
Convenio por el que se aprueba el III Plan de Igualdad entre mujeres hombres de la Excma.
Diputación Provincial de Cáceres.
SEGUNDA. Requisitos de los/as aspirantes.
2.1. Requisitos generales:
a) Poseer nacionalidad española, o la de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea, o
nacionalidad de algún Estado en el que en virtud de los Tratados internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores/as.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/las
españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados/as de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que
no estén separados/as de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad
dependientes. En este supuesto, los aspirantes deberán acompañar a su solicitud, el
documento que acredite las condiciones que se alegan.
CVE:
BOP-2024-6503
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 17 de diciembre de 2024
N.º 0242
Pág. 27186