Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2024-6501)
BOP-2024-6501 Convocatoria y bases para la provisión de una plaza de Administrativo/a de Administración General, por turno libre y concurso-oposición.
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OCTAVA.- Calificación del proceso selectivo.
8.1. Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica
que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá difundir, con anterioridad
a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de la misma, que no
estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
En el caso de exámenes tipo test, deberá precisarse la puntuación de las respuestas correctas, de
las erróneas y en su caso de las que se dejen sin responder.
Cada ejercicio será de carácter eliminatorio, por lo que serán excluidos aquellos aspirantes que no
alcancen una puntuación mínima del 50 por ciento de la máxima alcanzable en cada uno de ellos.
Igualmente, en las actas del órgano calificador deberá quedar constancia del desglose de las
puntuaciones otorgadas y el cálculo de las mismas.
En el caso de ejercicio tipo test, deberá hacerse pública la plantilla de soluciones correctas utilizada
por el Tribunal.
8.2. Los criterios de calificación de los distintos ejercicios serán los siguientes:
Primer ejercicio: Cuestionario tipo test. Cada respuesta correcta se valorará con 0,10 puntos, y
respecto a las respuestas erróneas y en blanco se aplicarán los siguientes criterios de calificación:
1. Cada 3 preguntas contestadas erróneamente se restará una pregunta contestada
correctamente.
2. Cada 5 preguntas en blanco se restará una pregunta contestada correctamente.
Será necesario para superar este ejercicio una puntuación mínima del 50 por ciento de la máxima
alcanzable, siendo excluidos quienes no alcancen dicha puntuación.
La puntuación obtenida en este ejercicio se ponderará sobre 3 puntos (50% del total de 6 puntos
asignados a la fase de oposición).
Segundo ejercicio: El supuesto será calificado por cada miembro del Tribunal de 0 a 10 puntos, de
manera que la suma de las calificaciones se dividirá entre el número de los que las hubieran
otorgado, siendo el cociente la calificación definitiva.
Será necesario para superar este ejercicio una puntuación mínima del 50 por ciento de la máxima
alcanzable, siendo excluidos quienes no alcancen dicha puntuación.
Cuando entre las puntuaciones otorgadas por los miembros del Tribunal exista una diferencia de
tres o más enteros entre las calificaciones máxima y mínima, éstas serán automáticamente
excluidas y se hallará la puntuación media entre las calificaciones restantes.
En ningún caso se procederá a la exclusión de las calificaciones extremas cuando al efectuarse
dicha exclusión pueda alcanzarse una nota media superior a la que se lograría de computarse la
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BOP-2024-6501
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Martes, 17 de diciembre de 2024
N.º 0242
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