Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-6488)
BOP-2024-6488 Convenio de colaboración suscrito entre el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia y la Asociación Plasencia Foto.
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CLÁUSULAS
PRIMERA.- El presente convenio tiene como objetivos colaborar en la financiación de
actividades de la citada asociación que se celebren en la ciudad de Plasencia
promovidos por dicha asociación, concretamente, la organización de una exposición
anual y una salida anual abiertas al público de la ciudad, con una dotación de
1.500,00 euros.
SEGUNDA.- El Ayuntamiento financiará con la cantidad de 1.500,00 euros
actividades organizadas por la Asociación Plasencia Foto que se celebrarán en la
ciudad de Plasencia, con cargo a la partida presupuestaria 0109 3342 48918 del
presupuesto municipal del 2024 denominada Convenio con Asociación Plasencia
Foto, lo que supone, la vista de la memoria económica presentada, el 100 % de la
financiación para llevar a cabo el proyecto de la asociación.
TERCERA.- A la firma del Convenio la entidad recibirá el 100% de la subvención, de
acuerdo con lo establecido por el artículo 34.3 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, que señala que se podrán realizar pagos anticipados que supondrán
entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria
para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. Dicha
posibilidad y el régimen de garantías deberán preverse expresamente en la
normativa reguladora de la subvención.
El pago de la subvención por parte del Ayuntamiento, se realizará en la forma
descrita en el párrafo anterior, sin que deban aportarse garantías por parte de la
entidad beneficiaria, dado el carácter no lucrativo de la entidad y el interés cultural de
la actividad subvencionada.
La no justificación del gasto dará lugar a la devolución de las cantidades
satisfechas y no justificadas.
CUARTA.- En la publicidad que se realice en los medios de comunicación de los
eventos que se celebren, será preciso que aparezcan los elementos distintivos del
Ayuntamiento de Plasencia.
QUINTA.- Se considerarán gastos subvencionables los destinados a la ejecución del
Programa realizados hasta el 31 de diciembre de 2024, y en concreto los siguientes:
CVE:
BOP-2024-6488
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 16 de diciembre de 2024
N.º 0241
Pág. 27080
CLÁUSULAS
PRIMERA.- El presente convenio tiene como objetivos colaborar en la financiación de
actividades de la citada asociación que se celebren en la ciudad de Plasencia
promovidos por dicha asociación, concretamente, la organización de una exposición
anual y una salida anual abiertas al público de la ciudad, con una dotación de
1.500,00 euros.
SEGUNDA.- El Ayuntamiento financiará con la cantidad de 1.500,00 euros
actividades organizadas por la Asociación Plasencia Foto que se celebrarán en la
ciudad de Plasencia, con cargo a la partida presupuestaria 0109 3342 48918 del
presupuesto municipal del 2024 denominada Convenio con Asociación Plasencia
Foto, lo que supone, la vista de la memoria económica presentada, el 100 % de la
financiación para llevar a cabo el proyecto de la asociación.
TERCERA.- A la firma del Convenio la entidad recibirá el 100% de la subvención, de
acuerdo con lo establecido por el artículo 34.3 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, que señala que se podrán realizar pagos anticipados que supondrán
entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria
para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. Dicha
posibilidad y el régimen de garantías deberán preverse expresamente en la
normativa reguladora de la subvención.
El pago de la subvención por parte del Ayuntamiento, se realizará en la forma
descrita en el párrafo anterior, sin que deban aportarse garantías por parte de la
entidad beneficiaria, dado el carácter no lucrativo de la entidad y el interés cultural de
la actividad subvencionada.
La no justificación del gasto dará lugar a la devolución de las cantidades
satisfechas y no justificadas.
CUARTA.- En la publicidad que se realice en los medios de comunicación de los
eventos que se celebren, será preciso que aparezcan los elementos distintivos del
Ayuntamiento de Plasencia.
QUINTA.- Se considerarán gastos subvencionables los destinados a la ejecución del
Programa realizados hasta el 31 de diciembre de 2024, y en concreto los siguientes:
CVE:
BOP-2024-6488
Verificable
en:
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Lunes, 16 de diciembre de 2024
N.º 0241
Pág. 27080