Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2024-6459)
BOP-2024-6459 Aprobación Padrón Tasa O.V.P. Mercado Franco 4.ºTrimestre 2024
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
ANUNCIO. Aprobación Padrón Tasa O.V.P. Mercado Franco 4.ºTrimestre 2024
Aprobado por la Concejala-Delegada de Hacienda en virtud de Delegación de la Alcaldía-
Presidencia de fecha Veintidós de Junio de Dos Mil Veintitrés, el Padrón que recoge la TASA
POR OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA CON PUESTOS Y BARRACAS EN EL MERCADO
FRANCO, correspondientes al CUARTO TRIMESTRE DE 2024, se expone al público en la
Intervención de Fondos para la notificación colectiva de las liquidaciones incluidas en el mismo,
de acuerdo con lo previsto en el art. 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de Diciembre, General
Tributaria.
Los/as interesados/as podrán interponer en el plazo de un mes a partir de la fecha de
publicación del Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, Recurso de Reposición, previo al
Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 14 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales. El plazo para hacer efectivas las cuotas individuales, en período voluntario,
será de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOP.
Transcurrido dicho plazo se devengarán los recargos del periodo ejecutivo que establece el
artículo 161 y 28 de la Ley General Tributaria, y, en su caso, los intereses de demora y las
costas que se produzcan, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161.4 de la misma y en el
artículo 72 del Reglamento General de Recaudación (R.D. 939/2005, de 29 de Julio). Los/as
contribuyentes podrán efectuar el pago de las deudas:
Mediante domiciliación bancaria, cumplimentado la autorización que se encuentra a
disposición en el Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata.
A través de cualquier entidad bancaria colaboradora.
Mediante tarjeta bancaria en las propias dependencias de la Tesorería Municipal.
Navalmoral de la Mata, 10 de diciembre de 2024
Susana Rodríguez Sánchez
CONCEJALA-DELEGADA DE HACIENDA
CVE:
BOP-2024-6459
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 13 de diciembre de 2024
N.º 0240
Pág. 27007
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
ANUNCIO. Aprobación Padrón Tasa O.V.P. Mercado Franco 4.ºTrimestre 2024
Aprobado por la Concejala-Delegada de Hacienda en virtud de Delegación de la Alcaldía-
Presidencia de fecha Veintidós de Junio de Dos Mil Veintitrés, el Padrón que recoge la TASA
POR OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA CON PUESTOS Y BARRACAS EN EL MERCADO
FRANCO, correspondientes al CUARTO TRIMESTRE DE 2024, se expone al público en la
Intervención de Fondos para la notificación colectiva de las liquidaciones incluidas en el mismo,
de acuerdo con lo previsto en el art. 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de Diciembre, General
Tributaria.
Los/as interesados/as podrán interponer en el plazo de un mes a partir de la fecha de
publicación del Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, Recurso de Reposición, previo al
Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 14 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales. El plazo para hacer efectivas las cuotas individuales, en período voluntario,
será de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOP.
Transcurrido dicho plazo se devengarán los recargos del periodo ejecutivo que establece el
artículo 161 y 28 de la Ley General Tributaria, y, en su caso, los intereses de demora y las
costas que se produzcan, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161.4 de la misma y en el
artículo 72 del Reglamento General de Recaudación (R.D. 939/2005, de 29 de Julio). Los/as
contribuyentes podrán efectuar el pago de las deudas:
Mediante domiciliación bancaria, cumplimentado la autorización que se encuentra a
disposición en el Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata.
A través de cualquier entidad bancaria colaboradora.
Mediante tarjeta bancaria en las propias dependencias de la Tesorería Municipal.
Navalmoral de la Mata, 10 de diciembre de 2024
Susana Rodríguez Sánchez
CONCEJALA-DELEGADA DE HACIENDA
CVE:
BOP-2024-6459
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 13 de diciembre de 2024
N.º 0240
Pág. 27007