Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mata de Alcántara. (BOP-2024-6455)
BOP-2024-6455 Convocatoria selección para provisión de 1 plaza de Oficial 1ª Construcción. Albañil por concurso-oposición, proceso estabilización.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Mata de Alcántara
q.- Colaboraciones requeridas con otros servicios municipales
r.- Realizar, además de las descritas, otras tareas que, en coherencia con sus capacidades y
aptitudes profesionales, le sean encomendadas de cara a la consecución de los objetivos
establecidos por el Ayuntamiento de Mata de Alcántara.
Tercera. - Requisitos de los aspirantes.
1. Para ser admitido a la práctica de las pruebas de selección, será necesario reunir los siguientes
requisitos:
a).-Tener la nacionalidad española Estado o de otro Estado miembro de la Unión Europea o de un
Estado al que le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos
en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b).-Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c).-Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa, para el acceso al empleo público.
d).-No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de
las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos
públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer
funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido
separado o inhabilitado.
e).-En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni
haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos el acceso al empleo público.
f).- En su caso, poseer la titulación exigida conforme a lo previsto en la base segunda.
g).- Estar en posesión del permiso de conducir tipo B
2.-Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con las demás
personas aspirantes. El Tribunal de Selección, a la vista de las solicitudes presentadas y tras
recabar los informes que correspondan, concederá o denegará las adaptaciones de tiempos y
medios solicitadas, aplicando la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen
criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el
acceso al empleo público de personas con discapacidad. Para la concesión o denegación de las
solicitudes de adaptación, se tendrá en cuenta que las mismas no deberán desvirtuar el contenido
del ejercicio, ni implicar reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible para superar el
proceso selectivo, así como que la adaptación guarde relación directa con el formato del ejercicio a
realizar.
3.-Los requisitos exigidos en estas bases estarán referidos a la fecha límite: finalización del plazo
de presentación de instancias y deberán mantenerse y acreditarse hasta la fecha de contratación
laboral.
Ayuntamiento de Mata de Alcántara
Plza. de España, 1, Mata de Alcántara. 10970 (Cáceres). Tfno. 927371032. Fax: 927371134
Cód.
Validación:
6JRJ7CPH4AQ5KLPG3CXMDFGLZ
Verificación:
https://matadealcantara.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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Verificable
en:
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Viernes, 13 de diciembre de 2024
N.º 0240
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q.- Colaboraciones requeridas con otros servicios municipales
r.- Realizar, además de las descritas, otras tareas que, en coherencia con sus capacidades y
aptitudes profesionales, le sean encomendadas de cara a la consecución de los objetivos
establecidos por el Ayuntamiento de Mata de Alcántara.
Tercera. - Requisitos de los aspirantes.
1. Para ser admitido a la práctica de las pruebas de selección, será necesario reunir los siguientes
requisitos:
a).-Tener la nacionalidad española Estado o de otro Estado miembro de la Unión Europea o de un
Estado al que le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos
en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b).-Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c).-Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa, para el acceso al empleo público.
d).-No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de
las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos
públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer
funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido
separado o inhabilitado.
e).-En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni
haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos el acceso al empleo público.
f).- En su caso, poseer la titulación exigida conforme a lo previsto en la base segunda.
g).- Estar en posesión del permiso de conducir tipo B
2.-Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con las demás
personas aspirantes. El Tribunal de Selección, a la vista de las solicitudes presentadas y tras
recabar los informes que correspondan, concederá o denegará las adaptaciones de tiempos y
medios solicitadas, aplicando la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen
criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el
acceso al empleo público de personas con discapacidad. Para la concesión o denegación de las
solicitudes de adaptación, se tendrá en cuenta que las mismas no deberán desvirtuar el contenido
del ejercicio, ni implicar reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible para superar el
proceso selectivo, así como que la adaptación guarde relación directa con el formato del ejercicio a
realizar.
3.-Los requisitos exigidos en estas bases estarán referidos a la fecha límite: finalización del plazo
de presentación de instancias y deberán mantenerse y acreditarse hasta la fecha de contratación
laboral.
Ayuntamiento de Mata de Alcántara
Plza. de España, 1, Mata de Alcántara. 10970 (Cáceres). Tfno. 927371032. Fax: 927371134
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