Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Deleitosa. (BOP-2024-6405)
BOP-2024-6405 Aprobación definitiva de la modificación del Artículo 2 - apartado 1)- de la Ordenanza reguladora de las entradas de vehículos a través de las aceras y de reservas de vía pública.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Deleitosa
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la modificación del Artículo 2 - apartado 1)-
de la Ordenanza reguladora de las entradas de vehículos a través de las aceras y
de reservas de vía pública.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial de fecha 4 de octubre de 2024,
aprobatorio de la MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 2 - APARTADO 1) - DE LA ORDENANZA
MUNICIPAL REGULADORA DE LAS ENTRADAS DE VEHÍCULOS A TRAVES DE LAS
ACERAS Y DE RESERVAS DE VÍA PUBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO,
PARADA DE VEHÍCULOS, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS DE CUALQUIER
CLASE.
Cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local.
Artículo 2º.- Requisitos para la obtención de vados.
1) Presentación de la solicitud por el interesado, en modelo que será facilitado por el
Ayuntamiento, dirigida a la Alcaldía-Presidencia, acompañada de los siguientes documentos:
1. Croquis del local destinado a cochera o garaje.
2. Documento acreditativo de la titularidad o derecho de uso del mismo.
3. Fotografías de la fachada, interior del local o espacio destinado a los vehículos, puerta de
acceso y tramo de la vía pública donde se ubica el inmueble objeto del vado.
Deleitosa, 4 de diciembre de 2024
María Angeles Rebollo González
ALCALDESA - PRESIDENTA
CVE:
BOP-2024-6405
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 12 de diciembre de 2024
N.º 0239
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Ayuntamientos
Ayuntamiento de Deleitosa
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la modificación del Artículo 2 - apartado 1)-
de la Ordenanza reguladora de las entradas de vehículos a través de las aceras y
de reservas de vía pública.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial de fecha 4 de octubre de 2024,
aprobatorio de la MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 2 - APARTADO 1) - DE LA ORDENANZA
MUNICIPAL REGULADORA DE LAS ENTRADAS DE VEHÍCULOS A TRAVES DE LAS
ACERAS Y DE RESERVAS DE VÍA PUBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO,
PARADA DE VEHÍCULOS, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS DE CUALQUIER
CLASE.
Cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local.
Artículo 2º.- Requisitos para la obtención de vados.
1) Presentación de la solicitud por el interesado, en modelo que será facilitado por el
Ayuntamiento, dirigida a la Alcaldía-Presidencia, acompañada de los siguientes documentos:
1. Croquis del local destinado a cochera o garaje.
2. Documento acreditativo de la titularidad o derecho de uso del mismo.
3. Fotografías de la fachada, interior del local o espacio destinado a los vehículos, puerta de
acceso y tramo de la vía pública donde se ubica el inmueble objeto del vado.
Deleitosa, 4 de diciembre de 2024
María Angeles Rebollo González
ALCALDESA - PRESIDENTA
CVE:
BOP-2024-6405
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 12 de diciembre de 2024
N.º 0239
Pág. 26865