Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Trasierra Tierras de Granadilla. (BOP-2024-6391)
BOP-2024-6391 Bases convocatoria proceso selectivo mediante oposición libre para la contratación laboral temporal de un Auxiliar Administrativo/a que se integrará en la OTUDTS.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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MANCOMUNIDAD Trasierra Tierras de Granadilla
____________________________________________________________________________________________________________________
Mancomunidad Trasierra Tierras de Granadilla.- Tlfno: 927 02 43 90
10.712 Pantano de Gabriel y Galán (CÁCERES)
www.trasierratierrasdegranadilla.es
6
Dicha lista se hará pública simultáneamente en el Tablón de anuncios de la Sede de la Mancomunidad y
página web de la Mancomunidad; concediéndose un plazo de (3) tres días hábiles desde el día siguiente
a su publicación, a los efectos de subsanación de errores u omisiones, así como de presentación de
posibles reclamaciones de los interesados.
Publicación lista definitiva: Finalizado el plazo de reclamaciones, la Presidencia en un plazo de (10) diez
días hábiles dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, la composición del
Tribunal Calificador, así como lugar y hora de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición,
que será publicada simultáneamente en el Tablón de anuncios de la Mancomunidad y en la página web
de la Mancomunidad.
BASE UNDÉCIMA: TRIBUNAL DE SELECCIÓN
El Tribunal de Selección estará formado por cinco miembros, nombrados todos ellos por resolución de la
Presidencia de la Mancomunidad, entre los que deberá figurar un Presidente/a, un Secretario/a y tres
vocales, debiendo poseer todos ellos un nivel de titulación o especialización igual o superior al exigido,
dando cumplimiento al criterio de paridad entre mujeres y hombres. Se deberá designar el mismo
número de miembros suplentes.
Composición del Tribunal de Selección:
Presidente/a: Representante de la Mancomunidad, que tenga la condición de personal de plantilla de la
misma. Laboral Indefinido.
Vocales:
Un funcionario/Laboral‐Fijo, perteneciente a la Junta de Extremadura.
Un funcionario/Laborales‐Fijos, pertenecientes a la Diputación Provincial de Cáceres.
Un funcionario/Laboral‐Fijo, perteneciente a la Mancomunidad
Secretario/a: Un funcionario de la Administración Local, con habilitación de carácter nacional.
Asesor/a: Asistirá en calidad de asesor, al menos uno de los miembros del equipo de coordinación de las
Oficinas Técnicas de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible, dependiente de la Dirección General
de Urbanismo y Ordenación del Territorio, que tendrá voz pero no voto.
En calidad de observadores: Un representante de cada una de las organizaciones sindicales más
representativas, a cuyo efecto serán notificadas con una antelación mínima de 48 horas, para que
puedan concurrir al desarrollo del proceso. Tendrán voz, pero no voto.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia del Presidente/a y del Secretario/a, o de
quienes, en su caso los sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus componentes, titulares o suplentes.
En ausencia del Presidente le sustituirá el Vocal presente de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por
este orden.
Los/as miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso cuando en ellos se den
cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de
Régimen Jurídico del Sector Público, así como también cuando hubiesen realizado tareas de preparación
de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente
convocatoria.
Cód.
Validación:
APAM66C6PLQYSYXW655N3JZYT
Verificación:
https://trasierratierrasdegranadilla.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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BOP-2024-6391
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 11 de diciembre de 2024
N.º 0238
Pág. 26774
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Mancomunidad Trasierra Tierras de Granadilla.- Tlfno: 927 02 43 90
10.712 Pantano de Gabriel y Galán (CÁCERES)
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días hábiles dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, la composición del
Tribunal Calificador, así como lugar y hora de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición,
que será publicada simultáneamente en el Tablón de anuncios de la Mancomunidad y en la página web
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BASE UNDÉCIMA: TRIBUNAL DE SELECCIÓN
El Tribunal de Selección estará formado por cinco miembros, nombrados todos ellos por resolución de la
Presidencia de la Mancomunidad, entre los que deberá figurar un Presidente/a, un Secretario/a y tres
vocales, debiendo poseer todos ellos un nivel de titulación o especialización igual o superior al exigido,
dando cumplimiento al criterio de paridad entre mujeres y hombres. Se deberá designar el mismo
número de miembros suplentes.
Composición del Tribunal de Selección:
Presidente/a: Representante de la Mancomunidad, que tenga la condición de personal de plantilla de la
misma. Laboral Indefinido.
Vocales:
Un funcionario/Laboral‐Fijo, perteneciente a la Junta de Extremadura.
Un funcionario/Laborales‐Fijos, pertenecientes a la Diputación Provincial de Cáceres.
Un funcionario/Laboral‐Fijo, perteneciente a la Mancomunidad
Secretario/a: Un funcionario de la Administración Local, con habilitación de carácter nacional.
Asesor/a: Asistirá en calidad de asesor, al menos uno de los miembros del equipo de coordinación de las
Oficinas Técnicas de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible, dependiente de la Dirección General
de Urbanismo y Ordenación del Territorio, que tendrá voz pero no voto.
En calidad de observadores: Un representante de cada una de las organizaciones sindicales más
representativas, a cuyo efecto serán notificadas con una antelación mínima de 48 horas, para que
puedan concurrir al desarrollo del proceso. Tendrán voz, pero no voto.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia del Presidente/a y del Secretario/a, o de
quienes, en su caso los sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus componentes, titulares o suplentes.
En ausencia del Presidente le sustituirá el Vocal presente de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por
este orden.
Los/as miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso cuando en ellos se den
cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de
Régimen Jurídico del Sector Público, así como también cuando hubiesen realizado tareas de preparación
de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente
convocatoria.
Cód.
Validación:
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Verificación:
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Miércoles, 11 de diciembre de 2024
N.º 0238
Pág. 26774