Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-6375)
BOP-2024-6375 Modificación delegación de competencias en Diputados/as.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
2.- La aprobación de todos los expedientes de gastos (y cuantos otros actos administrativos
fueren necesarios) relativos tanto a subvenciones tramitadas por las unidades administrativas
adscritas a esta “Vicepresidencia primera, de Territorio, Igualdad y Cultura”, como a los
certámenes, premios de actividades culturales y deportivas, y aportaciones, que estén dentro
de los créditos gestionados por esta Vicepresidencia primera.
Aclaración primera: esta delegación de competencias comprende también las resoluciones
relativas a nombramientos y a la aprobación de indemnizaciones a jurados, comités u otros
órganos colegiados relacionados con las actividades incluidas en estas delegaciones.
3.- La firma de comunicaciones a los usuarios de las condiciones fijadas para el servicio de
teleasistencia y a las que debe sujetarse dicho servicio según la resolución de concesión.
4.- Se delega la competencia para la tramitación de los expedientes de reintegros y la
declaración de pérdida del derecho de cobro de las aportaciones, subvenciones y/o planes
gestionados por esta vicepresidencia primera.
SEGUNDO.- La Vicepresidencia segunda se denominará “de Hacienda y Administración
General”, y comprenderá las materias relativas a: hacienda, gabinete jurídico, asistencia a
entidades locales, personal, SEPEI, formación, Parque Móvil, Prevención Riesgos Laborales,
OARGT, informática, BOP, imprenta y publicaciones.
Se delegan en la “Vicepresidencia segunda, de Hacienda y Administración General”, ejercida
por doña Isabel Ruiz Correyero (nombramiento como vicepresidenta segunda por resolución de
1 de julio de 2023) las siguientes competencias:
1.- En materia de contabilidad (documentos contables):
a) Contabilidad de gastos: la suscripción como firma autorizada de los documentos contables
que prescribe la vigente Instrucción de Contabilidad de las Corporaciones Locales (ICAL o
disposición normativa que legalmente le sustituya), relativos a las distintas fases de ejecución
del Gasto y en general todos los documentos contables que se registren:
- Autorización del gasto (Fase “A”).
- Disposición o compromiso del gasto (Fase “D”).
- Reconocimiento de la obligación (Fase “O”).
- Ordenación del pago (Fase “P”).
- Y las relaciones contables “O” y “P”.
Aclaración primera: no obstante, se reserva directamente el Ilmo. Sr. Presidente de esta
diputación la denominada fase “T”, o relación de transferencias.
CVE:
BOP-2024-6375
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 11 de diciembre de 2024
N.º 0238
Pág. 26715