Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-6328)
BOP-2024-6328 Convenio de colaboración de entre el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia y la Peña Flamenca Placentina, para colaborar en la financiacion del festival flamenco "García Matos" del año 2024.
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CLÁUSULAS
PRIMERA.- El presente convenio tiene como objetivos colaborar en la financiación
del la financiación del XXV Festival Flamenco “García Matos”, un festival que trae
cada año a la ciudad a los artistas más relevantes del flamenco extremeño, que
ayuda a la difusión del flamenco, y del que puede disfrutar cualquier ciudadano, al
tener un precio módico de entrada que está destinado, además, a beneficio de una
ONG local, con una dotación de 2.500,00 euros.
SEGUNDA.- El Ayuntamiento financiará con la cantidad de 2.500,00 euros eventos
dedicados al flamenco que se celebrarán en la ciudad de Plasencia, convocados por
la Peña Flamenca Placentina, con cargo a la partida presupuestaria 0109 3342
48901 del presupuesto municipal del 2024 denominada Convenio con Peña
Flamenca Placentina. A la vista de la memoria económica presentada, el tanto por
ciento del presupuesto del proyecto a financiar por el beneficiario, bien por
financiación propia o a través de otras subvenciones será como mínimo del 40 %.
TERCERA.- A la firma del Convenio la entidad recibirá el 100% de la subvención, de
acuerdo con lo establecido por el artículo 34.3 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, que señala que se podrán realizar pagos anticipados que supondrán
entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria
para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. Dicha
posibilidad y el régimen de garantías deberán preverse expresamente en la
normativa reguladora de la subvención.
El pago de la subvención por parte del Ayuntamiento, se realizará en la forma
descrita en el párrafo anterior, sin que deban aportarse garantías por parte de la
entidad beneficiaria, dado el carácter no lucrativo de la entidad y el interés cultural de
la actividad subvencionada.
La no justificación del gasto dará lugar a la devolución de las cantidades
satisfechas y no justificadas.
CUARTA.- En la publicidad que se realice en los medios de comunicación de los
eventos flamencos que se celebren, será preciso que aparezcan los elementos
distintivos del Ayuntamiento de Plasencia.
CVE:
BOP-2024-6328
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 5 de diciembre de 2024
N.º 0236
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