Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calzadilla. (BOP-2024-6243)
BOP-2024-6243 Acuerdo del Pleno por el que se aprueba inicialmente expediente de modificación del Reglamento Regulador de los Festejos Taurinos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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cualquier edad, también podrán ejercer la dirección de lidia los banderilleros de la
categoría "b" de la Sección V (banderilleros de novillos-toros).
Con al menos una hora de antelación al inicio del festejo, en el caso de encierros y festejos
tradicionales, y media hora en el resto de festejos populares el Director de Lidia deberá
acreditar fehacientemente su condición ante el Delegado Gubernativo.
1. El Director de Lidia del festejo taurino popular tendrá, respecto al festejo, las
siguientes funciones:
a) Asesorar al Presidente sobre cualquier decisión que éste deba adoptar, incluida la de
su prohibición o suspensión, y especialmente sobre el momento y la forma de proceder en
cada festejo, en función de su apreciación sobre la peligrosidad de las reses, así como sobre
la conveniencia de retirar la res o reses del recinto que se trate.
a) Adoptar las medidas necesarias tendentes a evitar cualquier tipo de maltrato a las
reses por parte de los participantes o espectadores.
b) Adoptar las medidas necesarias tendentes a prevenir o minimizar la producción de
percances por impruden- cias del público o de los participantes, a cuyos efectos deberá
ocupar un lugar adecuado dentro del recinto destinado a la lidia y contar con el material
oportuno para ello.
c) Adoptar las medidas necesarias a fin de propiciar de la manera más rápida, segura y
eficaz la retirada evacuación de personas que así lo requieran por haber sufrido cualquier
percance durante la lidia.
d) Impartir instrucciones para que los encierros se lleven a cabo por el procedimiento
más rápido y eficaz, a fin de evitar perjuicios innecesarios a las reses, la lidia o recorte de
las mismas, o, en su caso, la huida de éstas de los lugares acotados.
e) Poner en conocimiento del Delegado Gubernativo cualquier incidencia que pueda
afectar al maltrato de las reses, a la seguridad o al orden público; a tal fin, deberá solicitar
del mismo la retirada o reducción de cualquier persona que ponga en riesgo con su
comportamiento o actitud la integridad de cualquier otra persona, la de los bienes, el normal
desarrollo del festejo o incumpla las condiciones anunciadas o cual-quiera de las
instrucciones por él impartidas.
f) Poner en conocimiento del Presidente y del Delegado Gubernativo cualquier
incidencia que deban conocer como actitudes o comportamientos sobre los que proceda
Ayuntamiento de Calzadilla
Plza. De Extremadura, 1, Calzadilla. 10817 (Cáceres). Tfno. 927146313. Fax: 927146390
Cód.
Validación:
6DMDPLEZF6WJYHMPWGYC2GZLS
Verificación:
https://calzadilla.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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BOP-2024-6243
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http://bop.dip-caceres.es
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N.º 0234
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categoría "b" de la Sección V (banderilleros de novillos-toros).
Con al menos una hora de antelación al inicio del festejo, en el caso de encierros y festejos
tradicionales, y media hora en el resto de festejos populares el Director de Lidia deberá
acreditar fehacientemente su condición ante el Delegado Gubernativo.
1. El Director de Lidia del festejo taurino popular tendrá, respecto al festejo, las
siguientes funciones:
a) Asesorar al Presidente sobre cualquier decisión que éste deba adoptar, incluida la de
su prohibición o suspensión, y especialmente sobre el momento y la forma de proceder en
cada festejo, en función de su apreciación sobre la peligrosidad de las reses, así como sobre
la conveniencia de retirar la res o reses del recinto que se trate.
a) Adoptar las medidas necesarias tendentes a evitar cualquier tipo de maltrato a las
reses por parte de los participantes o espectadores.
b) Adoptar las medidas necesarias tendentes a prevenir o minimizar la producción de
percances por impruden- cias del público o de los participantes, a cuyos efectos deberá
ocupar un lugar adecuado dentro del recinto destinado a la lidia y contar con el material
oportuno para ello.
c) Adoptar las medidas necesarias a fin de propiciar de la manera más rápida, segura y
eficaz la retirada evacuación de personas que así lo requieran por haber sufrido cualquier
percance durante la lidia.
d) Impartir instrucciones para que los encierros se lleven a cabo por el procedimiento
más rápido y eficaz, a fin de evitar perjuicios innecesarios a las reses, la lidia o recorte de
las mismas, o, en su caso, la huida de éstas de los lugares acotados.
e) Poner en conocimiento del Delegado Gubernativo cualquier incidencia que pueda
afectar al maltrato de las reses, a la seguridad o al orden público; a tal fin, deberá solicitar
del mismo la retirada o reducción de cualquier persona que ponga en riesgo con su
comportamiento o actitud la integridad de cualquier otra persona, la de los bienes, el normal
desarrollo del festejo o incumpla las condiciones anunciadas o cual-quiera de las
instrucciones por él impartidas.
f) Poner en conocimiento del Presidente y del Delegado Gubernativo cualquier
incidencia que deban conocer como actitudes o comportamientos sobre los que proceda
Ayuntamiento de Calzadilla
Plza. De Extremadura, 1, Calzadilla. 10817 (Cáceres). Tfno. 927146313. Fax: 927146390
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