Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calzadilla. (BOP-2024-6243)
BOP-2024-6243 Acuerdo del Pleno por el que se aprueba inicialmente expediente de modificación del Reglamento Regulador de los Festejos Taurinos.
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corticosteroides, diuréticos, glucosa e insulina de acción rápida.
j) ñ) Cuantos otros materiales o equipos se consideren precisos a juicio del jefe del
equipo médico.
ARTÍCULO 29. Medios de evacuación a los heridos.
Las ambulancias deberán cumplir las condiciones técnicos- sanitarias previstas en la
normativa específica que le sea de aplicación.
En cualquier tipo de festejo taurino popular habrá de existir, obligatoriamente, una
ambulancia para traslado urgente al centro hospitalario próximo o local de enfermería
habilitado, debiendo encontrarse presentes y preparadas para intervenir antes de iniciarse el
festejo, ubicándose lo más próximo posible a las instalaciones sanitarias habilitadas para el
desarrollo del mismo, en un lugar libre de cualquier obstáculo o impedimento físico que
obstruya una rápida y eficaz evacuación de heridos.
En los festejos populares y/o tradicionales en los que intervengan exclusivamente reses
machos menores de dos años y reses hembras de cualquier edad, obligatoriamente se
contará con una ambulancia no asistencial.
En los festejos populares y/o tradicionales en los que intervengan machos mayores de dos
años, obligatoriamente se contará con una ambulancia asistencial.
A instancia del jefe del equipo médico, el festejo podrá suspenderse por el Presidente en caso
de traslado de heridos si no se cuenta en un tiempo prudencial de media hora con otra
ambulancia de idénticas características a la ambulancia titular del festejo. En caso de
suspensión temporal, no podrá lidiarse ningún animal en el festejo durante el tiempo en que
éste quede suspendido.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 de este artículo, cuando la envergadura del
festejo o el volumen de asistencia de público así lo aconseje, el organizador podrá aumentar
el número de ambulancias y su adecuación sanitaria, con el fin de garantizar y aumentar la
seguridad de los participantes, así como asegurar la no suspensión del festejo en caso de
Ayuntamiento de Calzadilla
Plza. De Extremadura, 1, Calzadilla. 10817 (Cáceres). Tfno. 927146313. Fax: 927146390
Cód.
Validación:
6DMDPLEZF6WJYHMPWGYC2GZLS
Verificación:
https://calzadilla.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2024-6243
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 3 de diciembre de 2024
N.º 0234
Pág. 26190
j) ñ) Cuantos otros materiales o equipos se consideren precisos a juicio del jefe del
equipo médico.
ARTÍCULO 29. Medios de evacuación a los heridos.
Las ambulancias deberán cumplir las condiciones técnicos- sanitarias previstas en la
normativa específica que le sea de aplicación.
En cualquier tipo de festejo taurino popular habrá de existir, obligatoriamente, una
ambulancia para traslado urgente al centro hospitalario próximo o local de enfermería
habilitado, debiendo encontrarse presentes y preparadas para intervenir antes de iniciarse el
festejo, ubicándose lo más próximo posible a las instalaciones sanitarias habilitadas para el
desarrollo del mismo, en un lugar libre de cualquier obstáculo o impedimento físico que
obstruya una rápida y eficaz evacuación de heridos.
En los festejos populares y/o tradicionales en los que intervengan exclusivamente reses
machos menores de dos años y reses hembras de cualquier edad, obligatoriamente se
contará con una ambulancia no asistencial.
En los festejos populares y/o tradicionales en los que intervengan machos mayores de dos
años, obligatoriamente se contará con una ambulancia asistencial.
A instancia del jefe del equipo médico, el festejo podrá suspenderse por el Presidente en caso
de traslado de heridos si no se cuenta en un tiempo prudencial de media hora con otra
ambulancia de idénticas características a la ambulancia titular del festejo. En caso de
suspensión temporal, no podrá lidiarse ningún animal en el festejo durante el tiempo en que
éste quede suspendido.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 de este artículo, cuando la envergadura del
festejo o el volumen de asistencia de público así lo aconseje, el organizador podrá aumentar
el número de ambulancias y su adecuación sanitaria, con el fin de garantizar y aumentar la
seguridad de los participantes, así como asegurar la no suspensión del festejo en caso de
Ayuntamiento de Calzadilla
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