Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-6235)
BOP-2024-6235 Bases Reguladoras de la Convocatoria de subvenciones para la adquisición de Fondos bibliográficos a Entidades Locales de la provincia de Cáceres 2025.
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1.- Información del solicitante y conjunto de autorizaciones y declaraciones.
Para proceder a la tramitación de la subvención, la entidad solicitante deberá introducir todos
sus datos identificativos en los campos marcados como obligatorios. El carácter obligatorio de
la información vendrá expresado de forma clara en la propia sede.
Podrá autorizar a la Diputación Provincial de Cáceres para que pueda obtener directamente y/o
por medios telemáticos la información/los datos necesarios para comprobar el cumplimiento de
los requisitos establecidos en las bases de este procedimiento.
Deberá declarar de forma obligatoria no incurrir en ninguna causa de incompatibilidad que
impida acceder a la subvención así como autorizar a recibir todas las comunicaciones y
notificaciones que se realicen a lo largo de la tramitación del expediente electrónico a través del
registro electrónico.
Dado que en la fase de solicitud no es posible determinar el importe que se otorgará a cada
solicitante, en el formulario de solicitud no se especificará cantidad solicitada alguna
2.- Documentación complementaria, obligatoria y opcional.
Las solicitudes deben ir acompañadas de la documentación que se indica a continuación:
+ ANEXO, según modelo que se incorpora en las presentes bases y tendrá carácter
obligatorio.
Si la entidad solicitante necesitara incorporar algún otro documento para complementar
información, podrá dirigirse por correo electrónico al órgano gestor para plantear tal
circunstancia, quien autorizará, en su caso, adjuntarlo bajo la denominación de “documento
excepcional”.
Todos los documentos electrónicos que se adjunten con la solicitud deberán cumplir los
requisitos que se definen en la sede electrónica. Las entidades solicitantes aportarán copias
digitalizadas de los documentos, y la Diputación generará y almacenará los correspondientes
códigos de huella digital, identificativos fielmente del contenido presentado por la entidad
solicitante. Una relación de documentos y sus huellas digitales asociadas será firmada por la
persona solicitante e incorporada a la solicitud. La Diputación podrá solicitar del
correspondiente archivo el cotejo del contenido de las copias aportadas. Si el cotejo no pudiera
llevarse a cabo, podrá requerir con carácter excepcional a la entidad solicitante la exhibición del
documento o de la información original.
CVE:
BOP-2024-6235
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 3 de diciembre de 2024
N.º 0234
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