Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-6234)
BOP-2024-6234 Bases reguladoras del Plan Activa Cultura Deporte 2025 de subvenciones a entidades locales de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Cáceres para la financiación de actividades culturales y deportivas.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
En aquellas entidades locales donde los servicios realizados por la escuela municipal de
música sean prestados por entidades distintas al Ayuntamiento, se permite la subcontratación
total (100%) de la actividad contemplada en este apartado.
f) Los municipios que cuenten con pedanías que figuren reconocidas como tal por la Junta de
Extremadura, o bien dispongan de unidades poblacionales independientes distintas a las
pedanías que cuenten con más de 20 habitantes a fecha de solicitud (extremo que declarará el
representante legal de la entidad en el Anexo a estas bases, y podrá ser cotejado por el órgano
gestor con los datos existentes en el INE), podrán adicionar, siempre que lo reseñen en la
solicitud, 700 euros por cada una de ellas destinados a actuaciones del Catálogo GUIARTEX.
CONDICIONES COMUNES A TODAS LAS ACTIVIDADES.
El Ayuntamiento programará estas actividades para ejecutarse en el periodo contemplado en
las presentes bases, es decir, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. Si se produjera
aplazamiento de la actividad, siempre ha de realizarse en este periodo. Los pagos podrán
efectuarse hasta fin del período de justificación.
A los efectos de estas normas no se entienden como actividades culturales ni deportivas: las
verbenas, discotecas móviles, castillos hinchables, comidas populares, fiestas gastronómicas,
fiestas y mercados populares, juegos recreativos, excursiones.
BASE SEGUNDA. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA.
El importe total del Plan asciende a 2.796.000 €. y se financiará con cargo a las aplicaciones
presupuestarias nº 05.3340.46227 (por valor de 2.340.000 €), la nº 05.3340.46827 (por valor de
50.000 €), la nº 05.3411.46203 (por valor de 400.000 €) y la nº 05.3411.46803 (por valor de
6.000 €) del Presupuesto de la Diputación Provincial de Cáceres del año 2025.
El total de las subvenciones concedidas no podrán superar la cuantía del crédito disponible
para la presente convocatoria de subvenciones, en el presupuesto de 2025.
1) DETALLE DEL PLAN PRINCIPAL
El Plan Principal incluye los apartados a), b) y c) detallados en la Base Primera (Contratación,
Guiartex y actividad deportiva).
Las asignación de la Diputación Provincial a los ayuntamientos para el año 2025 por este
concepto será de 10.800 €
CVE:
BOP-2024-6234
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 3 de diciembre de 2024
N.º 0234
Pág. 26110
música sean prestados por entidades distintas al Ayuntamiento, se permite la subcontratación
total (100%) de la actividad contemplada en este apartado.
f) Los municipios que cuenten con pedanías que figuren reconocidas como tal por la Junta de
Extremadura, o bien dispongan de unidades poblacionales independientes distintas a las
pedanías que cuenten con más de 20 habitantes a fecha de solicitud (extremo que declarará el
representante legal de la entidad en el Anexo a estas bases, y podrá ser cotejado por el órgano
gestor con los datos existentes en el INE), podrán adicionar, siempre que lo reseñen en la
solicitud, 700 euros por cada una de ellas destinados a actuaciones del Catálogo GUIARTEX.
CONDICIONES COMUNES A TODAS LAS ACTIVIDADES.
El Ayuntamiento programará estas actividades para ejecutarse en el periodo contemplado en
las presentes bases, es decir, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. Si se produjera
aplazamiento de la actividad, siempre ha de realizarse en este periodo. Los pagos podrán
efectuarse hasta fin del período de justificación.
A los efectos de estas normas no se entienden como actividades culturales ni deportivas: las
verbenas, discotecas móviles, castillos hinchables, comidas populares, fiestas gastronómicas,
fiestas y mercados populares, juegos recreativos, excursiones.
BASE SEGUNDA. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA.
El importe total del Plan asciende a 2.796.000 €. y se financiará con cargo a las aplicaciones
presupuestarias nº 05.3340.46227 (por valor de 2.340.000 €), la nº 05.3340.46827 (por valor de
50.000 €), la nº 05.3411.46203 (por valor de 400.000 €) y la nº 05.3411.46803 (por valor de
6.000 €) del Presupuesto de la Diputación Provincial de Cáceres del año 2025.
El total de las subvenciones concedidas no podrán superar la cuantía del crédito disponible
para la presente convocatoria de subvenciones, en el presupuesto de 2025.
1) DETALLE DEL PLAN PRINCIPAL
El Plan Principal incluye los apartados a), b) y c) detallados en la Base Primera (Contratación,
Guiartex y actividad deportiva).
Las asignación de la Diputación Provincial a los ayuntamientos para el año 2025 por este
concepto será de 10.800 €
CVE:
BOP-2024-6234
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 3 de diciembre de 2024
N.º 0234
Pág. 26110