Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-6234)
BOP-2024-6234 Bases reguladoras del Plan Activa Cultura Deporte 2025 de subvenciones a entidades locales de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Cáceres para la financiación de actividades culturales y deportivas.
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Corresponde a la Presidencia de la Corporación la competencia para imponer las sanciones
previstas en dicho Título, sin perjuicio de las delegaciones que pueda efectuar. Al notificarse la
Resolución por la que se inicie el expediente, se indicará el órgano competente para la
resolución del mismo y la norma que le atribuya tal competencia.
La Diputación Provincial de Cáceres podrá imponer multas pecuniarias y no pecuniarias. Las
pecuniarias se fijarán proporcionalmente a la cantidad indebidamente obtenida, aplicada o no
justificada. Las no pecuniarias podrán consistir en la pérdida de la posibilidad de obtener
subvenciones de la Diputación Provincial de Cáceres durante un plazo de hasta cinco años.
BASE DECIMOTERCERA. CONCURRENCIA CON OTRAS SUBVENCIONES
La subvención será compatible con otras ayudas que tengan la misma finalidad, teniendo en
cuenta que su importe en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en
concurrencia con aquellas ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad
subvencionada, de acuerdo con lo previsto en el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
BASE DECIMOCUARTA. NORMATIVA DE APLICACIÓN, INTERPRETACIÓN Y
JURISDICCIÓN
NORMATIVA DE APLICACIÓN
En lo no previsto expresamente en las presentes bases se estará a lo dispuesto en la Ley
38/2003 General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006 de desarrollo de la LGS; la
Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Cáceres; las Bases de Ejecución del
Presupuesto General de la Diputación Provincial de Cáceres; la Ley 39/2015, de 1 de octubre
de Procedimiento Administrativo Común; la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector
Público; Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, el decreto de 17 de junio de 1955, Reglamento de
Servicios de las Corporaciones Locales (en lo que no se oponga a la LGS); la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales; el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre; el Real Decreto 311/2022, de 3 de
mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la
Administración Electrónica; el RD 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema
Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica; la Ley 6/2020, de
11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de
confianza.
CVE:
BOP-2024-6234
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 3 de diciembre de 2024
N.º 0234
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