Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-6234)
BOP-2024-6234 Bases reguladoras del Plan Activa Cultura Deporte 2025 de subvenciones a entidades locales de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Cáceres para la financiación de actividades culturales y deportivas.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Sección I - Administración Local
Provincia
Diputación Provincial de Cáceres
ANUNCIO. Bases reguladoras del Plan Activa Cultura Deporte 2025 de
subvenciones a entidades locales de menos de 20.000 habitantes de la provincia
de Cáceres para la financiación de actividades culturales y deportivas.
PREÁMBULO.
La Diputación Provincial de Cáceres incluye entre sus competencias el fomento y la promoción
de la actividad cultural y deportiva en la provincia, posibilitando el acceso y la realización de
estas actividades a través del aprovechamiento de los recursos disponibles en el territorio y de
la dinamización de los agentes sociales, culturales y deportivos que operan en este marco
territorial. Todo ello bajo criterios de equilibrio territorial, apoyo a iniciativas singulares e
igualdad de oportunidad para el ejercicio activo de la cultura y el deporte y de acuerdo con las
competencias que en estas materias corresponden a la Comunidad Autónoma.
La Constitución Española, en su artículo 44.1, indica que los poderes públicos promocionarán y
tutelarán el acceso a la cultura.
Existe informe favorable de no duplicidad emitido por el órgano competente de la Junta de
Extremadura, de fecha 23 de febrero de 2017, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
7.4 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en el que se concluye que
no se incurre en duplicidad de competencias, y con las actuaciones a desarrollar por el
presente plan se está complementando la actuación a ejecutar desde la Administración
Autonómica.
Igualmente la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, en fecha 26 de abril de
2021, emitió informe favorable de sostenibilidad financiera, que estará vigente hasta la próxima
liquidación a presentar en virtud de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Orgánica de
Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y el mencionado artículo 7.4 de la Ley
7/1985, y en el que concluye que la Diputación de Cáceres cumple con los requisitos exigidos
para las competencias fijadas en el informe, relativos al presente plan.
CVE:
BOP-2024-6234
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 3 de diciembre de 2024
N.º 0234
Pág. 26106
Provincia
Diputación Provincial de Cáceres
ANUNCIO. Bases reguladoras del Plan Activa Cultura Deporte 2025 de
subvenciones a entidades locales de menos de 20.000 habitantes de la provincia
de Cáceres para la financiación de actividades culturales y deportivas.
PREÁMBULO.
La Diputación Provincial de Cáceres incluye entre sus competencias el fomento y la promoción
de la actividad cultural y deportiva en la provincia, posibilitando el acceso y la realización de
estas actividades a través del aprovechamiento de los recursos disponibles en el territorio y de
la dinamización de los agentes sociales, culturales y deportivos que operan en este marco
territorial. Todo ello bajo criterios de equilibrio territorial, apoyo a iniciativas singulares e
igualdad de oportunidad para el ejercicio activo de la cultura y el deporte y de acuerdo con las
competencias que en estas materias corresponden a la Comunidad Autónoma.
La Constitución Española, en su artículo 44.1, indica que los poderes públicos promocionarán y
tutelarán el acceso a la cultura.
Existe informe favorable de no duplicidad emitido por el órgano competente de la Junta de
Extremadura, de fecha 23 de febrero de 2017, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
7.4 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en el que se concluye que
no se incurre en duplicidad de competencias, y con las actuaciones a desarrollar por el
presente plan se está complementando la actuación a ejecutar desde la Administración
Autonómica.
Igualmente la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, en fecha 26 de abril de
2021, emitió informe favorable de sostenibilidad financiera, que estará vigente hasta la próxima
liquidación a presentar en virtud de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Orgánica de
Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y el mencionado artículo 7.4 de la Ley
7/1985, y en el que concluye que la Diputación de Cáceres cumple con los requisitos exigidos
para las competencias fijadas en el informe, relativos al presente plan.
CVE:
BOP-2024-6234
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 3 de diciembre de 2024
N.º 0234
Pág. 26106