Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2024-6219)
BOP-2024-6219 EXTRACTO Programa Bonos al Consumo.
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Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
para validar la titularidad del bono, apareciendo automáticamente el importe a cobrar (una
vez aplicado el descuento). Por su parte, el usuario deberá mostrar el DNI y el bono en
formato código QR y pagar, en efectivo o con tarjeta, el importe final de la compra realizada.
4. Una vez activada la plataforma, el plazo de vigencia de los bonos es de una semana
desde su descarga. Si habiendo finalizado ese período el usuario no hubiera hecho uso del
mismo, el bono se desactivará para liberar el crédito; si bien el usuario podrá realizar de
nuevo la solicitud de descarga del mismo.
15. OBLIGACIONES DE LOS ESTABLECIMIENTOS (EMPRESAS
BENEFICIARIAS DE LA AYUDA)
Son obligaciones de las personas y entidades beneficiarias:
1. Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero previstas por la
vigente normativa en materia de subvenciones.
2. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el
artículo 37 de la Ley General de Subvenciones, y en particular, por obtener la
subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo
hubieran impedido, o mostrar resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las
actuaciones de comprobación y control financiero prevista en el artículo 14 de la Ley
General de Subvenciones.
3. Cumplir las restantes obligaciones que detalla el artículo 14 de la Ley General de
Subvenciones y las detalladas en el artículo 11 de la Ordenanza General de
Subvenciones del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata.
4. En caso de que la persona o empresa beneficiaria se encuentre comprendida en los
supuestos del artículo 3.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, deberá adaptarse a las obligaciones
de publicidad activa que le resulten aplicables.
Además, los establecimientos adheridos al programa Bonos al Consumo, a través de la
solicitud de adhesión, deberán:
Plaza de España, 1 ■ Teléfonos: 927 53 01 00 – 927 53 01 04 – 927 53 08 04 ■ Fax: 927 53 53 60 ■ 10300 NAVALMORAL DE LA MATA (Cáceres)
Exp 4970/2024
Cód.
Validación:
7F32ME4464PPSQZKWNFSR3CZZ
Verificación:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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16
de
36
CVE:
BOP-2024-6219
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 2 de diciembre de 2024
N.º 0233
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