Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Escurial. (BOP-2024-6187)
BOP-2024-6187 Aprobación definitiva Programa de Activación de Empleo Local para 2025-27.
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AYUNTAMIENTO DE ESCURIAL (CÁCERES)
______________________________________________________________________
Plaza de España 1, CP 10133, ESCURIAL
En los términos señalados por la Carta Europea de Autonomía Local, hecha en
Estrasburgo el 15 de octubre de 1985, en relación al alcance de la autonomía local, las
Entidades locales tienen, dentro del ámbito de la Ley, libertad plena para ejercer su
iniciativa en toda materia que no esté excluida de su competencia o atribuida a otra
autoridad.
En este sentido, en función de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 7/1985, de
2 de julio, Reguladora de las Bases de Régimen Local – en adelante LRBRL, el
Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede
promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las
necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal mediante el ejercicio de
competencias propias, en materias como:
a) Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística. Protección
y gestión del Patrimonio histórico. Promoción y gestión de la vivienda de
protección pública con criterios de sostenibilidad financiera. Conservación y
rehabilitación de la edificación.
b) Medio ambiente urbano: en particular, parques y jardines públicos, gestión de
los residuos sólidos urbanos y protección contra la contaminación acústica,
lumínica y atmosférica en las zonas urbanas.
c) Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas
residuales.
d) Infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad.
e) Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención
inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.
f) Policía local, protección civil, prevención y extinción de incendios.
g) Tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad. Transporte colectivo urbano.
h) Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local.
i) Ferias, abastos, mercados, lonjas y comercio ambulante.
j) Protección de la salubridad pública.
k) Cementerios y actividades funerarias.
l) Promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo
libre.
CVE:
BOP-2024-6187
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 29 de noviembre de 2024
N.º 0232
Pág. 25901
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Plaza de España 1, CP 10133, ESCURIAL
En los términos señalados por la Carta Europea de Autonomía Local, hecha en
Estrasburgo el 15 de octubre de 1985, en relación al alcance de la autonomía local, las
Entidades locales tienen, dentro del ámbito de la Ley, libertad plena para ejercer su
iniciativa en toda materia que no esté excluida de su competencia o atribuida a otra
autoridad.
En este sentido, en función de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 7/1985, de
2 de julio, Reguladora de las Bases de Régimen Local – en adelante LRBRL, el
Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede
promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las
necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal mediante el ejercicio de
competencias propias, en materias como:
a) Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística. Protección
y gestión del Patrimonio histórico. Promoción y gestión de la vivienda de
protección pública con criterios de sostenibilidad financiera. Conservación y
rehabilitación de la edificación.
b) Medio ambiente urbano: en particular, parques y jardines públicos, gestión de
los residuos sólidos urbanos y protección contra la contaminación acústica,
lumínica y atmosférica en las zonas urbanas.
c) Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas
residuales.
d) Infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad.
e) Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención
inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.
f) Policía local, protección civil, prevención y extinción de incendios.
g) Tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad. Transporte colectivo urbano.
h) Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local.
i) Ferias, abastos, mercados, lonjas y comercio ambulante.
j) Protección de la salubridad pública.
k) Cementerios y actividades funerarias.
l) Promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo
libre.
CVE:
BOP-2024-6187
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 29 de noviembre de 2024
N.º 0232
Pág. 25901