Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Saucedilla. (BOP-2024-6159)
BOP-2024-6159 Bases estabilización empleo temporal una plaza de oficial de primera jardinería
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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c) Por servicios prestados en otras Administraciones Públicas, como personal funcionario
interino en plaza de igual denominación a las que se convoca y del mismo grupo y subgrupo o
como personal laboral temporal o personal indefinido no fijo en la misma categoría de la plaza
objeto de la convocatoria de estabilización de empleo temporal: 0,015 puntos por mes.
Los servicios prestados para este Ayuntamiento se acreditarán mediante el correspondiente
certificado de servicios prestados emitido de oficio por la Secretaría del Ayuntamiento de
Saucedilla, que lo remitirá al Tribunal de Selección y al interesado.
Los servicios prestados en otras Administraciones se acreditarán mediante certificado del
secretario de la Corporación o entidad acompañados de vida laboral actualizada, debiendo
constar la siguiente información: puesto y funciones realizadas, tipo de vínculo (fijo, temporal,
indefinido no fijo de plantilla, formación), fecha de inicio y de fin de cada una de las
vinculaciones, régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
Los servicios prestados en jornada inferior a la completa se valorarán proporcionalmente, salvo
que el permiso de reducción de jornada traiga causa de la protección de la maternidad, en cuyo
caso, se computarán incrementados hasta el 100% de los servicios que hubiera correspondido
prestar si se hubiera mantenido sin reducción de jornada.
No se computará a estos efectos el tiempo que se permanezca en excedencia de ningún tipo ni
en servicios especiales. Tampoco se valorarán los servicios prestados como personal eventual
ni como personal directivo profesional. En ningún caso se computarán servicios que hubiesen
sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados
7.ª.3.- Otros méritos: Este apartado tendrá una valoración máxima de 2 puntos, serán
valorados los siguientes méritos atendido al baremo que se establece:
a). Por formación y perfeccionamiento: Se valorarán los cursos y acciones de formación,
siempre que estén orientados al desempeño de funciones en el cuerpo o escala o en la
categoría profesional a la que se desea acceder, que se hayan recibidos o impartidos por el
INAP, la escuela de formación pública de las comunidades autónomas, diputaciones,
ayuntamientos o mancomunidades, por la universidad, organizaciones sindicales, colegios
profesionales o institución pública de carácter reconocido. También se considerarán los
recibidos o impartidos en el marco de la formación ocupacional, siempre que estén acreditados
por cualquier Servicio Público de Empleo o entidad homologada por cualquier Administración
Pública a nivel nacional y estén orientados al desempeño de funciones en el cuerpo o escala o
en la categoría profesional a la que se desea acceder. Por cada 10 horas de formación (que se
consideran un crédito) se otorgarán 0,20 puntos, hasta un máximo de 2 puntos.
CVE:
BOP-2024-6159
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 28 de noviembre de 2024
N.º 0231
Pág. 25821
interino en plaza de igual denominación a las que se convoca y del mismo grupo y subgrupo o
como personal laboral temporal o personal indefinido no fijo en la misma categoría de la plaza
objeto de la convocatoria de estabilización de empleo temporal: 0,015 puntos por mes.
Los servicios prestados para este Ayuntamiento se acreditarán mediante el correspondiente
certificado de servicios prestados emitido de oficio por la Secretaría del Ayuntamiento de
Saucedilla, que lo remitirá al Tribunal de Selección y al interesado.
Los servicios prestados en otras Administraciones se acreditarán mediante certificado del
secretario de la Corporación o entidad acompañados de vida laboral actualizada, debiendo
constar la siguiente información: puesto y funciones realizadas, tipo de vínculo (fijo, temporal,
indefinido no fijo de plantilla, formación), fecha de inicio y de fin de cada una de las
vinculaciones, régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
Los servicios prestados en jornada inferior a la completa se valorarán proporcionalmente, salvo
que el permiso de reducción de jornada traiga causa de la protección de la maternidad, en cuyo
caso, se computarán incrementados hasta el 100% de los servicios que hubiera correspondido
prestar si se hubiera mantenido sin reducción de jornada.
No se computará a estos efectos el tiempo que se permanezca en excedencia de ningún tipo ni
en servicios especiales. Tampoco se valorarán los servicios prestados como personal eventual
ni como personal directivo profesional. En ningún caso se computarán servicios que hubiesen
sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados
7.ª.3.- Otros méritos: Este apartado tendrá una valoración máxima de 2 puntos, serán
valorados los siguientes méritos atendido al baremo que se establece:
a). Por formación y perfeccionamiento: Se valorarán los cursos y acciones de formación,
siempre que estén orientados al desempeño de funciones en el cuerpo o escala o en la
categoría profesional a la que se desea acceder, que se hayan recibidos o impartidos por el
INAP, la escuela de formación pública de las comunidades autónomas, diputaciones,
ayuntamientos o mancomunidades, por la universidad, organizaciones sindicales, colegios
profesionales o institución pública de carácter reconocido. También se considerarán los
recibidos o impartidos en el marco de la formación ocupacional, siempre que estén acreditados
por cualquier Servicio Público de Empleo o entidad homologada por cualquier Administración
Pública a nivel nacional y estén orientados al desempeño de funciones en el cuerpo o escala o
en la categoría profesional a la que se desea acceder. Por cada 10 horas de formación (que se
consideran un crédito) se otorgarán 0,20 puntos, hasta un máximo de 2 puntos.
CVE:
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Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
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