Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Saucedilla. (BOP-2024-6157)
BOP-2024-6157 Bases estabilización empleo temporal 2 plazas de Auxiliar de ayuda a domicilio.
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a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. De conformidad con lo
establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su
Inclusión Social, serán admitidas las personas con discapacidad en igualdad de condiciones
con las demás aspirantes, todo ello condicionado a la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas o funciones propias de este puesto, acreditándose las condiciones personales de
aptitud mediante dictamen vinculante expedido por el equipo multidisciplinar competente.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas,
de acuerdo a lo establecido en el artículo 56 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público.
e) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria obligatoria o equivalente
o haber finalizado los estudios y abonados los derechos correspondientes para su obtención.
En el caso de aportar un título equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado
expedido por el Consejo Nacional de Educación, o cualquier otro competente en la materia,
que acredite la citada equivalencia. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá
acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación o cualquier otro órgano de la
Administración competente para ello.
f) Estar en posesión del carnet de conducir B.
g) Contar con alguno de los siguientes títulos, certificados o habilitaciones:
1) Título de Grado Medio (FP) de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería o los títulos
equivalentes de FPI Técnico Auxiliar de Clínica, FPI Técnico Auxiliar de Psiquiatría y FPI
Técnico Auxiliar de Enfermería.
2) Título de Grado Medio (FP) de Técnico en Atención a Personas en Situación de
Dependencia o el título equivalente de FPI de Técnico de Atención Socio-sanitaria.
3) Título Superior en Integración Social (FP) Los títulos anteriormente citados deben
corresponder, al menos, a un nivel de formación profesional de Grado Medio o Superior según
CVE:
BOP-2024-6157
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 28 de noviembre de 2024
N.º 0231
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