Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrequemada. (BOP-2024-6111)
BOP-2024-6111 Expediente Baja de inscripción padronal.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Torrequemada
ANUNCIO. Expediente Baja de inscripción padronal.
Por el Ayuntamiento de Torrequemada se ha procedido a incoar de oficio expediente para
proceder a dar de baja la incripción de D. Florin Marius Ivan, D.ª María Madalina Istrati y D.
Armando Alexandru Ivan, del domicilio sito en C/. Nueva, n.º 1, al amparo de lo establecido en
el artículo 72 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales (en su redacción dada por el
Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre), siendo el motivo de su tramitación el no
encontrarse acreditado que cumpla la obligación establecida en el artículo 54 citado Real
Decreto 1690/1986, de tener fijada su residencia en el domicilio indicado.
No habiendo podido practicar la pertinente notificación, la citada resolución se notifica por
medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado, a los efectos previstos en el
artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, al objeto de que el interesado, en el plazo de 15 días, bien puedan
alegar y presentar cuantos documentos y justificantes considere oportunos para acreditar su
correcta inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes de Torrequemada o bien proceda a
regularizar su situación padronal según lo establecido en el artículo 15 de la Ley 7/1985 de 2
de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el artículo 54.1 del Reglamento de
Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, comunicando a este
Ayuntamiento la variación de su domicilio o el municipio de su actual residencia.
Transcurrido el plazo establecido sin que haya presentado las alegaciones y documentación
que estime pertinentes, se procederá a una parte, a registrar su baja en el Padrón de
Habitantes de este municipio, y de otra parte, podrán realizarse las actuaciones oportunas en
relación con las sanciones que resulten de aplicación, de conformidad con lo dispuesto por el
artículo 107 del antes citado Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las
Entidades Locales.
Contra la presente resolución y los actos de trámite que decidan, directa o indirectamente, el
fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan
indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, de conformidad con el
CVE:
BOP-2024-6111
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 26 de noviembre de 2024
N.º 0229
Pág. 25616
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Torrequemada
ANUNCIO. Expediente Baja de inscripción padronal.
Por el Ayuntamiento de Torrequemada se ha procedido a incoar de oficio expediente para
proceder a dar de baja la incripción de D. Florin Marius Ivan, D.ª María Madalina Istrati y D.
Armando Alexandru Ivan, del domicilio sito en C/. Nueva, n.º 1, al amparo de lo establecido en
el artículo 72 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales (en su redacción dada por el
Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre), siendo el motivo de su tramitación el no
encontrarse acreditado que cumpla la obligación establecida en el artículo 54 citado Real
Decreto 1690/1986, de tener fijada su residencia en el domicilio indicado.
No habiendo podido practicar la pertinente notificación, la citada resolución se notifica por
medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado, a los efectos previstos en el
artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, al objeto de que el interesado, en el plazo de 15 días, bien puedan
alegar y presentar cuantos documentos y justificantes considere oportunos para acreditar su
correcta inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes de Torrequemada o bien proceda a
regularizar su situación padronal según lo establecido en el artículo 15 de la Ley 7/1985 de 2
de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el artículo 54.1 del Reglamento de
Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, comunicando a este
Ayuntamiento la variación de su domicilio o el municipio de su actual residencia.
Transcurrido el plazo establecido sin que haya presentado las alegaciones y documentación
que estime pertinentes, se procederá a una parte, a registrar su baja en el Padrón de
Habitantes de este municipio, y de otra parte, podrán realizarse las actuaciones oportunas en
relación con las sanciones que resulten de aplicación, de conformidad con lo dispuesto por el
artículo 107 del antes citado Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las
Entidades Locales.
Contra la presente resolución y los actos de trámite que decidan, directa o indirectamente, el
fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan
indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, de conformidad con el
CVE:
BOP-2024-6111
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 26 de noviembre de 2024
N.º 0229
Pág. 25616