Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mata de Alcántara. (BOP-2024-6102)
BOP-2024-6102 Aprobación definitiva del Plan de Activación de Empleo Local año 2024.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Mata de Alcántara
EDICTO. Aprobación definitiva del Plan de Activación de Empleo Local año 2024.
Transcurrido el plazo de exposición pública del anuncio de aprobación provisional por el Pleno
del Ayuntamiento de Mata de Alcántara, en sesión ordinaria celebrada el 27 de septiembre de
2024, del Plan de Activación de Empleo Local del Ayuntamiento de Mata de Alcántara para el
año 2024, y tras no haberse presentado reclamaciones al mismo, queda elevado a definitivo el
acuerdo, y, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a la publicación íntegra del
texto, significando que, contra su aprobación definitiva, las personas interesadas podrán
interponer recurso Contencioso Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el
día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Dentro de sus limitaciones y posibilidades, el Ayuntamiento del Municipio de Mata de Alcántara
procura dar respuesta a las necesidades del conjunto del sistema productivo, teniendo en
cuenta tanto a las empresas como a los trabajadores, prestando especial atención a las
personas trabajadoras desempleadas.
El Programa de activación para el empleo local que se promueve, en función del diagnóstico de
situación del grupo de población que actualmente se encuentra buscando activamente un
empleo dentro de este municipio, contiene propuestas que pretenden ajustarse a la realidad
actual de estas personas.
Para ello, incorpora acciones dirigidas a poner en marcha una política local integral de
empleabilidad, con la pretensión, entre otros fines, de aportar experiencia laboral a aquellos
sectores de población desempleada que tienen mayores dificultades de acceso al mercado de
trabajo.
En los términos señalados por la Carta Europea de Autonomía Local, hecha en Estrasburgo el
15 de octubre de 1985, en relación a alcance de la autonomía local, las Entidades locales
tienen, dentro del ámbito de la Ley, libertad plena para ejercer su iniciativa en toda materia que
CVE:
BOP-2024-6102
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 26 de noviembre de 2024
N.º 0229
Pág. 25562
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Mata de Alcántara
EDICTO. Aprobación definitiva del Plan de Activación de Empleo Local año 2024.
Transcurrido el plazo de exposición pública del anuncio de aprobación provisional por el Pleno
del Ayuntamiento de Mata de Alcántara, en sesión ordinaria celebrada el 27 de septiembre de
2024, del Plan de Activación de Empleo Local del Ayuntamiento de Mata de Alcántara para el
año 2024, y tras no haberse presentado reclamaciones al mismo, queda elevado a definitivo el
acuerdo, y, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a la publicación íntegra del
texto, significando que, contra su aprobación definitiva, las personas interesadas podrán
interponer recurso Contencioso Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el
día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Dentro de sus limitaciones y posibilidades, el Ayuntamiento del Municipio de Mata de Alcántara
procura dar respuesta a las necesidades del conjunto del sistema productivo, teniendo en
cuenta tanto a las empresas como a los trabajadores, prestando especial atención a las
personas trabajadoras desempleadas.
El Programa de activación para el empleo local que se promueve, en función del diagnóstico de
situación del grupo de población que actualmente se encuentra buscando activamente un
empleo dentro de este municipio, contiene propuestas que pretenden ajustarse a la realidad
actual de estas personas.
Para ello, incorpora acciones dirigidas a poner en marcha una política local integral de
empleabilidad, con la pretensión, entre otros fines, de aportar experiencia laboral a aquellos
sectores de población desempleada que tienen mayores dificultades de acceso al mercado de
trabajo.
En los términos señalados por la Carta Europea de Autonomía Local, hecha en Estrasburgo el
15 de octubre de 1985, en relación a alcance de la autonomía local, las Entidades locales
tienen, dentro del ámbito de la Ley, libertad plena para ejercer su iniciativa en toda materia que
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