Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera. (BOP-2024-6035)
BOP-2024-6035 Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tasa por la Prestación de los Servicios de Casas de Baños, Duchas, Piscinas, Instalaciones Deportivas y otros servicios análogos.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Municipal
Reguladora de la Tasa por la Prestación de los Servicios de Casas de Baños,
Duchas, Piscinas, Instalaciones Deportivas y otros servicios análogos.
El Pleno del Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de
de septiembre de 2024, acordó aprobar inicialmente la modificación de la Ordenanza municipal
reguladora de la Tasa por la Prestación de los Servicios de Casas de Baños, Duchas, Piscinas,
Instalaciones Deportivas y otros servicios análogos.
El anuncio de aprobación inicial de la citada modificación de la Ordenanza municipal, se
publicó el día 4 de octubre de 2024, en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, N.º 0193,
en el Tablón de edictos y en el Tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de
Jarandilla de la Vera, publicándose asimismo en el Tablón de anuncios de la sede electrónica
del Ayuntamiento, el texto del Proyecto de modificación de la citada Ordenanza municipal,
sometiendo dicha Ordenanza municipal a información pública y audiencia de los/as
interesados/as por el plazo de treinta días, a contar desde día siguiente a la publicación del
anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y Tablón de anuncios del
Ayuntamiento, para que pudieran presentar reclamaciones o sugerencias.
Finalizado el citado plazo, no se ha presentado ninguna reclamación o sugerencia al
expediente, por lo que el acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la citada
Ordenanza, se eleva a definitivo, quedando la Ordenanza definitivamente aprobada, sin
necesidad de acuerdo expreso por el Pleno.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, se publica el texto íntegro de la Ordenanza, para su general conocimiento.
ORDENANZA FISCAL NUM. 15:
TASA POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE CASAS DE BAÑOS, DUCHAS,
PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS.
CVE:
BOP-2024-6035
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 22 de noviembre de 2024
N.º 0227
Pág. 25282
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Municipal
Reguladora de la Tasa por la Prestación de los Servicios de Casas de Baños,
Duchas, Piscinas, Instalaciones Deportivas y otros servicios análogos.
El Pleno del Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de
de septiembre de 2024, acordó aprobar inicialmente la modificación de la Ordenanza municipal
reguladora de la Tasa por la Prestación de los Servicios de Casas de Baños, Duchas, Piscinas,
Instalaciones Deportivas y otros servicios análogos.
El anuncio de aprobación inicial de la citada modificación de la Ordenanza municipal, se
publicó el día 4 de octubre de 2024, en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, N.º 0193,
en el Tablón de edictos y en el Tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de
Jarandilla de la Vera, publicándose asimismo en el Tablón de anuncios de la sede electrónica
del Ayuntamiento, el texto del Proyecto de modificación de la citada Ordenanza municipal,
sometiendo dicha Ordenanza municipal a información pública y audiencia de los/as
interesados/as por el plazo de treinta días, a contar desde día siguiente a la publicación del
anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y Tablón de anuncios del
Ayuntamiento, para que pudieran presentar reclamaciones o sugerencias.
Finalizado el citado plazo, no se ha presentado ninguna reclamación o sugerencia al
expediente, por lo que el acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la citada
Ordenanza, se eleva a definitivo, quedando la Ordenanza definitivamente aprobada, sin
necesidad de acuerdo expreso por el Pleno.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, se publica el texto íntegro de la Ordenanza, para su general conocimiento.
ORDENANZA FISCAL NUM. 15:
TASA POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE CASAS DE BAÑOS, DUCHAS,
PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS.
CVE:
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Verificable
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