Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pasarón de la Vera. (BOP-2024-6005)
BOP-2024-6005 Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tasa por la utilización temporal o esporádica de edificios, locales e instalaciones municipales.
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Ayuntamiento de Pasarón de la Vera
Plza. España, 1, Pasarón de la Vera. 10411 Pasarón de la vera. Tfno. 927469049
De acuerdo con lo establecido en el artículo 27 del Texto Refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la presente tasa tendrá régimen
de autoliquidación, ésta deberá realizarse en el momento de presentar la
solicitud de utilización, no admitiéndose al trámite la solicitud sin la misma.
ARTÍCULO 23.- Infracciones y Sanciones respecto de la Tasa.
En todo lo referente a infracciones y sanciones, será de aplicación la Ley
58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en concreto los artículos
183 y siguientes, y las disposiciones que la desarrollen.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA
Para todo lo no previsto en la presente Ordenanza, será de aplicación lo
establecido en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales; la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; la Ley
8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos; la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza será objeto de publicación íntegra en el Boletín
Oficial de la Provincia, entrando en vigor una vez haya transcurrido el plazo
establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del
Régimen Local.»
En Pasarón de la Vera a, 22 de Mayo del 2024
El Alcalde-Presidente
Fdo.: Samuel Martín
García
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Jueves, 21 de noviembre de 2024
N.º 0226
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