Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-5993)
BOP-2024-5993 Aprobación inicial de las modificaciones al Estatuto Consejo Provincial de Políticas Públicas. Acuerdo Pleno de fecha 31 de octubre de 2024.
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2.- Elaborar estudios, dictámenes o informes que soliciten las organizaciones sociales,
económicas o profesionales representativas sobre asuntos de su competencia y con
trascendencia para la provincia de Cáceres.
3.- Elaborar estudios, dictámenes, informes y resoluciones, por propia iniciativa, en materia
económica y social.
4.- Elaborar y elevar anualmente a la Diputación Provincial, dentro de los once primeros meses
de cada año, una memoria en la que se expongan: (i) en una primera parte, sus
consideraciones sobre la situación socioeconómica y laboral de la provincia de Cáceres. (ii) En
una segunda parte, un resumen de las actividades anuales llevadas a cabo por el Consejo.
5.- Informar los planes económicos y de desarrollo de la provincia de Cáceres que le sean
sometidos por la Diputación Provincial o por otras administraciones públicas u organizaciones
sectoriales o profesionales.
6.- Cualquier otra que las disposiciones reglamentarias puedan encomendarle.
Artículo 5
Los estudios, informes y resoluciones emitidos por el Consejo Provincial de Políticas Públicas
no tendrán carácter vinculante.
Artículo 6
El plazo para la emisión de los informes y dictámenes será de treinta días naturales, contados
a partir de la recepción de la correspondiente documentación, salvo que otra disposición
reglamentaria establezca uno distinto.
Cuando la complejidad del asunto lo demande, el Consejo dispondrá del tiempo necesario para
la emisión de los informes y dictámenes solicitados.
El plazo podrá reducirse a quince o a siete días hábiles, cuando razones de conveniencia o de
urgencia así lo aconsejen. Transcurrido el plazo sin haberse realizado el pronunciamiento
correspondiente, se entenderá cumplido dicho trámite.
Artículo 7
El Consejo Provincial de Políticas Públicas, para el desarrollo y cumplimiento de las funciones
que le corresponden, podrá recabar, directamente o a través de la Diputación Provincial, los
informes, documentación y asesoramiento necesario ante las Administraciones Públicas.
CVE:
BOP-2024-5993
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 21 de noviembre de 2024
N.º 0226
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