Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-5988)
BOP-2024-5988 EXTRACTO. Bases de la convocatoria para la concesión del XXVIII Premio "Flor de Jara" de Poesía 2025.
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soporte@dip-caceres.es
DUODÉCIMA. El jurado calificador de las obras será designado por la Excma. Diputación de
Cáceres y estará compuesto por personas de reconocido prestigio dentro del mundo literario.
La Excma. Diputación Provincial de Cáceres no mantendrá correspondencia con los/as
autores/as ni ofrecerá información relativa al proceso de selección en cualquiera de sus fases.
DECIMOTERCERA. La concesión de los premios, a propuesta del jurado, corresponde a la
Vicepresidencia I de la Corporación en virtud de la delegación vigente, sin perjuicio de las
delegaciones que esta pueda efectuar.
DECIMOCUARTA. La Excma. Diputación Provincial de Cáceres se reserva el derecho a tomar
iniciativas y resolver cuestiones no reguladas ni contempladas en las presentes bases, así
como a interpretar las dudas que puedan surgir en su aplicación.
La participación en este concurso supone la plena aceptación de la totalidad de las presentes
bases y la conformidad con las decisiones del jurado.
DECIMOQUINTA. Las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial Provincial,
junto con el extracto, y en el tablón de anuncios virtual de la Diputación Provincial de Cáceres,
en la siguiente dirección:
https://sede.dip-caceres.es
y en la página web del Área de Cultura de la Diputación Provincial de Cáceres:
https://cultura.dip-caceres.es/
DECIMOSEXTA. Se estará a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de datos y la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales.
Cáceres, 14 de noviembre de 2024
María Esther Gutiérrez Morán
VICEPRESIDENTA PRIMERA DE TERRITORIO, IGUALDAD Y CULTURA
CVE:
BOP-2024-5988
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 21 de noviembre de 2024
N.º 0226
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DUODÉCIMA. El jurado calificador de las obras será designado por la Excma. Diputación de
Cáceres y estará compuesto por personas de reconocido prestigio dentro del mundo literario.
La Excma. Diputación Provincial de Cáceres no mantendrá correspondencia con los/as
autores/as ni ofrecerá información relativa al proceso de selección en cualquiera de sus fases.
DECIMOTERCERA. La concesión de los premios, a propuesta del jurado, corresponde a la
Vicepresidencia I de la Corporación en virtud de la delegación vigente, sin perjuicio de las
delegaciones que esta pueda efectuar.
DECIMOCUARTA. La Excma. Diputación Provincial de Cáceres se reserva el derecho a tomar
iniciativas y resolver cuestiones no reguladas ni contempladas en las presentes bases, así
como a interpretar las dudas que puedan surgir en su aplicación.
La participación en este concurso supone la plena aceptación de la totalidad de las presentes
bases y la conformidad con las decisiones del jurado.
DECIMOQUINTA. Las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial Provincial,
junto con el extracto, y en el tablón de anuncios virtual de la Diputación Provincial de Cáceres,
en la siguiente dirección:
https://sede.dip-caceres.es
y en la página web del Área de Cultura de la Diputación Provincial de Cáceres:
https://cultura.dip-caceres.es/
DECIMOSEXTA. Se estará a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de datos y la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales.
Cáceres, 14 de noviembre de 2024
María Esther Gutiérrez Morán
VICEPRESIDENTA PRIMERA DE TERRITORIO, IGUALDAD Y CULTURA
CVE:
BOP-2024-5988
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 21 de noviembre de 2024
N.º 0226
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