Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-5986)
BOP-2024-5986 Bases de la convocatoria para la concesión del XLV Premio "Dionisio Acedo" de Periodismo 2025.
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deudores en vía ejecutiva por reintegros de subvenciones en el ámbito de la Diputación
Provincial de Cáceres.
SEXTA.- La concesión de los premios, a propuesta del jurado, corresponde a la
Vicepresidencia I de la Corporación en virtud de la delegación vigente, sin perjuicio de
las delegaciones que esta pueda efectuar. Dicha concesión se realizará mediante
resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
La financiación de este premio se hará con cargo a la aplicación presupuestaria
05.3340.48701 (Certámenes y Premios) del presupuesto de la Excma. Diputación
Provincial de Cáceres para el ejercicio 2025, tramitándose este expediente con
anterioridad al ejercicio en que deba ejecutarse, quedando condicionada a la existencia
de crédito adecuado y suficiente en el momento en que se dicte la resolución de
concesión.
SÉPTIMA.- La Excma. Diputación Provincial de Cáceres se reserva el derecho a tomar
iniciativas y resolver cuestiones no reguladas ni contempladas en las presentes bases,
así como a interpretar las dudas que puedan surgir en su aplicación.
Los participantes en este concurso eximen a la Diputación Provincial de Cáceres de toda
responsabilidad derivada del plagio, o cualquier otra transgresión de la legislación
vigente en la que estos puedan incurrir.
La participación en este concurso supone la plena aceptación de la totalidad de las
presentes bases y la conformidad con las decisiones del jurado.
OCTAVA.- Las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial Provincial,
junto con el extracto, y en el tablón de anuncios virtual de la Diputación Provincial de
Cáceres, en la siguiente dirección: https://sede.dip-caceres.es y en la página web del
Área de Cultura de la Diputación Provincial de Cáceres: https://cultura.dip-caceres.es/
NOVENA.- Se estará a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de datos y la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
CVE:
BOP-2024-5986
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 21 de noviembre de 2024
N.º 0226
Pág. 25129
Provincial de Cáceres.
SEXTA.- La concesión de los premios, a propuesta del jurado, corresponde a la
Vicepresidencia I de la Corporación en virtud de la delegación vigente, sin perjuicio de
las delegaciones que esta pueda efectuar. Dicha concesión se realizará mediante
resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
La financiación de este premio se hará con cargo a la aplicación presupuestaria
05.3340.48701 (Certámenes y Premios) del presupuesto de la Excma. Diputación
Provincial de Cáceres para el ejercicio 2025, tramitándose este expediente con
anterioridad al ejercicio en que deba ejecutarse, quedando condicionada a la existencia
de crédito adecuado y suficiente en el momento en que se dicte la resolución de
concesión.
SÉPTIMA.- La Excma. Diputación Provincial de Cáceres se reserva el derecho a tomar
iniciativas y resolver cuestiones no reguladas ni contempladas en las presentes bases,
así como a interpretar las dudas que puedan surgir en su aplicación.
Los participantes en este concurso eximen a la Diputación Provincial de Cáceres de toda
responsabilidad derivada del plagio, o cualquier otra transgresión de la legislación
vigente en la que estos puedan incurrir.
La participación en este concurso supone la plena aceptación de la totalidad de las
presentes bases y la conformidad con las decisiones del jurado.
OCTAVA.- Las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial Provincial,
junto con el extracto, y en el tablón de anuncios virtual de la Diputación Provincial de
Cáceres, en la siguiente dirección: https://sede.dip-caceres.es y en la página web del
Área de Cultura de la Diputación Provincial de Cáceres: https://cultura.dip-caceres.es/
NOVENA.- Se estará a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de datos y la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
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