Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-5984)
BOP-2024-5984 Bases de la convocatoria para la concesión del XXXV Premio Cuentos "Ciudad de Coria" año 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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literario. Contará con un Secretario, sin voz ni voto, nombrado de entre el personal
funcionario de esta Diputación.
La Excma. Diputación Provincial de Cáceres no mantendrá correspondencia con los
autores ni ofrecerá información relativa al proceso de selección en cualquiera de sus
fases. Los ficheros generados electrónicamente de las obras enviadas que no resulten
ganadoras, y sus correspondiente plicas, serán eliminados de los servidores de la Excma.
Diputación Provincial una vez finalizado todo el proceso.
El premio podrá ser declarado desierto.
El fallo del jurado será inapelable y tendrá lugar antes de que finalice el primer semestre
de 2025.
El ganador del premio estará obligado a presentar los siguientes documentos:
a) Fotocopia del NIF del concursante o cualquier otro documento de identificación.
b) Alta a Terceros, cuyo modelo facilitará la Diputación de Cáceres.
c) Declaración responsable en la que se recoge que se cumplen todos los requisitos
para acceder al premio, incluidos los requisitos de estar al corriente de sus obligaciones
tributarias con la Hacienda Estatal, con la Seguridad Social, con esta Diputación y de no
ser deudores en vía ejecutiva por reintegros de subvenciones en el ámbito de la
Diputación Provincial de Cáceres.
DECIMOTERCERA.- La concesión de los premios, a propuesta del jurado, corresponde a
la Vicepresidencia I de la Corporación en virtud de la delegación vigente, sin perjuicio de
las delegaciones que esta pueda efectuar. Dicha concesión se realizará mediante
resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
La financiación de este premio se hará con cargo a la aplicación presupuestaria
05.3340.48701 (Certámenes y Premios) del presupuesto de la Excma. Diputación
Provincial de Cáceres para el ejercicio 2025, tramitándose este expediente con
anterioridad al ejercicio en que deba ejecutarse, quedando condicionada a la existencia
de crédito adecuado y suficiente en el momento en que se dicte la resolución de
concesión.
DECIMOCUARTA.- La Excma. Diputación Provincial de Cáceres se reserva el derecho a
tomar iniciativas y resolver cuestiones no reguladas ni contempladas en las presentes
bases, así como a interpretar las dudas que puedan surgir en su aplicación.
Los participantes en este concurso eximen a la Diputación Provincial de Cáceres de toda
responsabilidad derivada del plagio, o cualquier otra transgresión de la legislación vigente
en la que estos puedan incurrir.
La participación en este concurso supone la plena aceptación de la totalidad de las
presentes bases y la conformidad con las decisiones del jurado.
CVE:
BOP-2024-5984
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 21 de noviembre de 2024
N.º 0226
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funcionario de esta Diputación.
La Excma. Diputación Provincial de Cáceres no mantendrá correspondencia con los
autores ni ofrecerá información relativa al proceso de selección en cualquiera de sus
fases. Los ficheros generados electrónicamente de las obras enviadas que no resulten
ganadoras, y sus correspondiente plicas, serán eliminados de los servidores de la Excma.
Diputación Provincial una vez finalizado todo el proceso.
El premio podrá ser declarado desierto.
El fallo del jurado será inapelable y tendrá lugar antes de que finalice el primer semestre
de 2025.
El ganador del premio estará obligado a presentar los siguientes documentos:
a) Fotocopia del NIF del concursante o cualquier otro documento de identificación.
b) Alta a Terceros, cuyo modelo facilitará la Diputación de Cáceres.
c) Declaración responsable en la que se recoge que se cumplen todos los requisitos
para acceder al premio, incluidos los requisitos de estar al corriente de sus obligaciones
tributarias con la Hacienda Estatal, con la Seguridad Social, con esta Diputación y de no
ser deudores en vía ejecutiva por reintegros de subvenciones en el ámbito de la
Diputación Provincial de Cáceres.
DECIMOTERCERA.- La concesión de los premios, a propuesta del jurado, corresponde a
la Vicepresidencia I de la Corporación en virtud de la delegación vigente, sin perjuicio de
las delegaciones que esta pueda efectuar. Dicha concesión se realizará mediante
resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
La financiación de este premio se hará con cargo a la aplicación presupuestaria
05.3340.48701 (Certámenes y Premios) del presupuesto de la Excma. Diputación
Provincial de Cáceres para el ejercicio 2025, tramitándose este expediente con
anterioridad al ejercicio en que deba ejecutarse, quedando condicionada a la existencia
de crédito adecuado y suficiente en el momento en que se dicte la resolución de
concesión.
DECIMOCUARTA.- La Excma. Diputación Provincial de Cáceres se reserva el derecho a
tomar iniciativas y resolver cuestiones no reguladas ni contempladas en las presentes
bases, así como a interpretar las dudas que puedan surgir en su aplicación.
Los participantes en este concurso eximen a la Diputación Provincial de Cáceres de toda
responsabilidad derivada del plagio, o cualquier otra transgresión de la legislación vigente
en la que estos puedan incurrir.
La participación en este concurso supone la plena aceptación de la totalidad de las
presentes bases y la conformidad con las decisiones del jurado.
CVE:
BOP-2024-5984
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 21 de noviembre de 2024
N.º 0226
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